Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2022-6490)
BOP-2022-6490 Oferta de Empleo Público 2022 del OARGT.
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TERCERO.- La aprobación de la OEP corresponde a la Presidencia, en virtud de lo previsto en
el artículo 22.1.h) de la LRBRL. En este mismo sentido se pronuncia el artículo 10 de los
Estatutos del OARGT aprobados por el Pleno de la Diputación de Cáceres el 30 de julio de
2020 y publicados en el BOP nº 186 de 28 de septiembre de 2020.
La propuesta deberá ser informada por la Intervención delegada, y por aplicación de lo
dispuesto en los artículos 36.3 y 37.1.c) y 37.1.l) del TREBEP, será objeto de negociación
previa en la respectiva mesa general de negociación, por afectar a materias comunes a
personal funcionario y laboral.
El acuerdo que se adopte deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y comunicarse
a la Administración del Estado y a la Administración Autonómica, en cumplimiento de lo
previsto en el artículo 56.1 de la LRBRL.
CUARTO.- La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022 -LPGE 2022-, dedica su artículo 20 a regular las ofertas de empleo público o
instrumentos similares limitando la incorporación de nuevo personal.
No obstante, en el apartado Uno.1 de dicho artículo se prevé que esa incorporación se sujetará
a una tasa de reposición de efectivos del 110 por cien en los sectores prioritarios y del 100 por
cien en los demás sectores. Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera
a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 110 por cien de tasa en todos los sectores.
Según lo dispuesto en el apartado Uno.7 para calcular la tasa de reposición de efectivos el
porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de
empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y
el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier
causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones
que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses
por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva
de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del
contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de
puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se
cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de
traslados a otras Administraciones Públicas.
QUINTO.- El Pleno de la Diputación Provincial de Cáceres, en sesión celebrada el pasado día
28 de julio de 2022 aprobó la relación de puestos de trabajo y la plantilla de personal del
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria para el 2022.
CVE:
BOP-2022-6490
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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