Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.). (BOP-2022-6486)
BOP-2022-6486 Bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Auxiliar administrativo/a correspondientes a la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización del empleo temporal.
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Séptima. Sistemas de selección.
El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases específicas y en lo no
previsto, en las bases generales reguladoras de los procesos de estabilización del empleo
público.
El sistema de selección será de concurso de méritos, de conformidad con lo previsto en la
normativa reguladora:
La valoración máxima será de 100 puntos.
El proceso de selección consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente
acreditados por los/as aspirantes a la fecha establecida.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud de participación o no
acreditados documentalmente durante el plazo de presentación.
Serán evaluables en esta fase los siguientes méritos, de acuerdo con el siguiente baremo:
A) Experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de
carácter excepcional de estabilización del empleo temporal de la Ley 20/2021 es reducir la
temporalidad de los empleados públicos a fin de posibilitar su estabilización se establece el
siguiente baremo:
Por servicios prestados, como personal laboral temporal, indefinido no fijo o por cualquier otra
relación profesional debidamente acreditada, en cuerpo, escala, categoría o equivalente
correspondiente a la que se convoca, a razón de los siguientes puntos por año trabajado,
prorrateándose por meses completos los periodos inferiores al año:
a) Por experiencia como Auxiliar Administrativo/a, en la Entidad Local Menor de
Navatrasierra y/o en el Ayuntamiento Matriz de esta Entidad (Villar del Pedroso), a razón
de 6 puntos por año de servicio.
b) Por experiencia como Auxiliar Administrativo/a, en la Administración Local, a razón de
3 puntos por año de servicio.
c) Por experiencia como Auxiliar Administrativo/a, en el resto de Administraciones
Pública, a razón de 1,5 puntos por año de servicio.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o
algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
CVE:
BOP-2022-6486
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31899
El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases específicas y en lo no
previsto, en las bases generales reguladoras de los procesos de estabilización del empleo
público.
El sistema de selección será de concurso de méritos, de conformidad con lo previsto en la
normativa reguladora:
La valoración máxima será de 100 puntos.
El proceso de selección consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente
acreditados por los/as aspirantes a la fecha establecida.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud de participación o no
acreditados documentalmente durante el plazo de presentación.
Serán evaluables en esta fase los siguientes méritos, de acuerdo con el siguiente baremo:
A) Experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de
carácter excepcional de estabilización del empleo temporal de la Ley 20/2021 es reducir la
temporalidad de los empleados públicos a fin de posibilitar su estabilización se establece el
siguiente baremo:
Por servicios prestados, como personal laboral temporal, indefinido no fijo o por cualquier otra
relación profesional debidamente acreditada, en cuerpo, escala, categoría o equivalente
correspondiente a la que se convoca, a razón de los siguientes puntos por año trabajado,
prorrateándose por meses completos los periodos inferiores al año:
a) Por experiencia como Auxiliar Administrativo/a, en la Entidad Local Menor de
Navatrasierra y/o en el Ayuntamiento Matriz de esta Entidad (Villar del Pedroso), a razón
de 6 puntos por año de servicio.
b) Por experiencia como Auxiliar Administrativo/a, en la Administración Local, a razón de
3 puntos por año de servicio.
c) Por experiencia como Auxiliar Administrativo/a, en el resto de Administraciones
Pública, a razón de 1,5 puntos por año de servicio.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o
algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
CVE:
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Verificable
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