Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.). (BOP-2022-6486)
BOP-2022-6486 Bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Auxiliar administrativo/a correspondientes a la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización del empleo temporal.
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Tercera. Requisitos específicos de participación.
Además de las condiciones generales, las personas aspirantes tendrán que cumplir los
siguientes requisitos:
- Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria, o Título Profesional Básico o equivalentes., según
establecen la normativa y directivas comunitarias, o aquellos otros homologados
equiparables al anterior por disposición normativa.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero será necesario que previamente haya sido
concedida la correspondiente homologación.
Cuarta. Presentación de solicitudes.
Las personas interesadas en tomar parte en la convocatoria tendrán que hacerlo constar
mediante el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas del Ayuntamiento de la
Entidad Local Menor de Navatrasierra, puesto a disposición en los términos que establezcan
las bases generales. Las instancias se dirigirán al Alcalde de la Entidad.
Para ser admitido las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de participación que
reúnen las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha señalada, debiendo ir
acompañadas de la documentación establecida en las bases generales.
Documentación específica:
- Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o Título Profesional Básico o
equivalentes o justificante de haber abonado la tasa por los derechos para su expedición
junto con el certificado acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Se sujetará a lo dispuesto en las bases generales reguladoras de los procesos de
estabilización del empleo público y en la normativa de aplicación.
Sexta. Tribunal Calificador.
Tanto la designación y la composición del Tribunal Calificador como el procedimiento de
actuación y la adopción de acuerdos, y el resto de las cuestiones que pudieran surgir, se
ajustarán en todo momento a lo previsto en las bases generales y en la normativa vigente.
CVE:
BOP-2022-6486
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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