Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdesalor (E.L.M.). (BOP-2022-6485)
BOP-2022-6485 Bases reguladoras de la convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local. Proceso Extraordinario de Estabilización de Empleo Temporal.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Una vez finalizado el plazo de subsanación de errores y reclamaciones se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la Entidad Local Menor
de Valdesalor, la resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo en su
caso a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones.
QUINTA. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el artículo 30 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina en los
artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, quedando
formados por los titulares que a continuación se indican y sus correspondientes suplentes:
Presidente/a:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Alcaldía-Presidencia.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por el Órgano que ostente las competencias en
materia de Administración Local de la Junta de Extremadura.
Tres empleados/as públicos/as, designados/as por la Alcaldía-Presidencia.
Secretario/a:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Alcaldía-Presidencia que tendrá voz y sin voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
El Tribunal de selección será designado por Resolución de Alcaldía en la que se concretarán
las personas integrantes del mismo.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección: El personal que desempeñe
cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años, el
personal funcionario interino o laboral temporal, el personal eventual, el personal directivo
profesional y las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
CVE:
BOP-2022-6485
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31883