Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdesalor (E.L.M.). (BOP-2022-6485)
BOP-2022-6485 Bases reguladoras de la convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local. Proceso Extraordinario de Estabilización de Empleo Temporal.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación
directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los aspirantes de
nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, se dictará Resolución
de Alcaldía disponiendo la contratación como personal laboral fijo de los/las aspirantes
propuestos/as, que será publicada en los diarios o boletines preceptivos.
Este proceso de estabilización de empleo temporal, a tenor de lo establecido en la Disposición
Adicional 4ª de Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, convocado mediante el procedimiento de concurso por la
Entidad Local Menor de Valdesalor, generará bolsa de trabajo temporal con aquellos candidatos
que hayan obtenido, al menos, 80 puntos.
NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS.
La Entidad Local Menor de Valdesalor garantizará el pleno cumplimiento de la normativa de
protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los aspirantes
quedarán informados y prestarán su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter
personal facilitados. El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada,
mediante escrito dirigido a la Secretaría General de esta Entidad Local. Asimismo, a efectos de
gestión del proceso de selección para el que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos,
estos podrán ser publicados en los medios que dictaminan las presentes bases de convocatoria, con
la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DÉCIMA. - INCIDENCIAS Y NORMATIVA DE APLICACIÓN
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones
del Tribunal Único, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos y en la forma
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Para lo no previsto en las convocatorias será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 7/1985,
de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de
CVE:
BOP-2022-6485
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31894