Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2022-6450)
BOP-2022-6450 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Oficial de Servicios Múltiples, mediante concurso-oposición, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal regulado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
22 páginas totales
Página
8
Plaza Mayor, 30. Tlfs. 927 275003 – 927 275201 – Fax 927 276174
10910 MALPARTIDA DE CACERES (CACERES)
alcaldia@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de Función Pública de
Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y se realizará mediante concurso-
oposición, siendo convocados mediante el mismo, aquellos procesos para la provisión de las plazas
que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida en un período de tres años anteriores
al 31 de diciembre de 2020, conforme establece el art. 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
CONCURSO-OPOSICIÓN, otorgándose un 60% a la oposición y un 40% al concurso, con
un máximo de valoración final de 100 puntos.
A.- Fase de oposición: Esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la realización
un ejercicio teórico y otro práctico, que versarán sobre el contenido del puesto correspondiente
a la plaza que se convoca, de conformidad con lo dispuesto en el temario recogido en el Anexo
III de estas bases.
El ejercicio teórico, supondrá un 25% (con un máximo de 15 puntos) de la fase de oposición y
consistirá en la resolución de un cuestionario tipo test compuesto por 45 preguntas, más 5 de
reserva, con respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta, valorándose a razón
de 0,33 puntos por respuesta correcta; no penalizarán ni las respuestas erróneas ni las preguntas
no contestadas.
El ejercicio práctico consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos, acordes a las
funciones atribuidas a la plaza ofertada, que será valorada con un máximo de 45 puntos,
quedando el Tribunal facultado para la determinación del nivel mínimo exigido en esta prueba.
La fase de oposición completa se valorará con un máximo de 60 puntos. El número de
aprobados en la fase de oposición será el de las personas que hayan superado la misma, aun
cuando esta cifra exceda del número total de plazas a cubrir.
B.- Fase de concurso: Esta fase supondrá el 40% del total del proceso, y será posterior a la fase
de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de
oposición. Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por
los aspirantes hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de
conformidad con el baremo que se indica en el Anexo II de estas bases. La fase de concurso se
valorará con un máximo de 40 puntos, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la
experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate. Los puntos obtenidos
en fase de concurso no se pueden utilizar para superar la fase de oposición.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud de participación o no
acreditados documentalmente durante el plazo de presentación. Con carácter general serán
méritos evaluables en esta fase los siguientes méritos, de acuerdo con el baremo que se indica:
B.1.-Méritos profesionales: supondrá el 90% de la puntuación total de la fase de Concurso,
valorándose la experiencia profesional como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal, o
indefinido no fijo, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes,
del siguiente modo, hasta el máximo de 36 puntos:
- Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, ocupando el
puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria se otorgarán
0,50 puntos, hasta el máximo de 36 puntos.
Para aquellas plazas o categorías profesionales que, siendo idénticas en su
contenido, hayan sufrido modificación en su denominación a lo largo de los últimos
años, bien para adaptar las mismas a las nuevas titulaciones o bien por cualquier
CVE:
BOP-2022-6450
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31366