Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2022-6433)
BOP-2022-6433 Bases específicas para la provisión de una plaza de Administrativo/a Contable, como personal laboral fijo, mediante concurso - oposición.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Toda la información relativa al proceso de la convocatoria se publicará en la sede electrónica
municipal: https://guadalupe.sedelectronica.es/
Además, esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres (BOP),
con dirección https://bop.dip-caceres.es/ así como aquellos actos que procedan de
conformidad con la normativa reguladora. En el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Guadalupe, se publicará toda la información relativa a la convocatoria que se
haya publicado en el BOP.
3.2.- Instancias.
Las solicitudes requiriendo tomar parte en este proceso, en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán al señor
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
Se presentarán mediante la instancia general que figura en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Guadalupe, a la que se adjuntará la solicitud según el anexo 1 de estas
bases, relacionándose los méritos a valorar, y copia compulsada, del DNI y de los
documentos acreditativos de los méritos, de experiencia y formación.
La experiencia alegada que corresponda a contratos celebrados con el Ayuntamiento de
Guadalupe será comprobada de oficio por el mismo.
Los méritos a valorar, que no se presenten no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Las solicitudes, según modelo del anexo 1, podrán presentarse también por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para
la gestión del proceso selectivo. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que
contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de
estos datos.
El Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Guadalupe puedan
requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos
aportados y que hayan sido objeto de valoración. Se iniciará expediente de comprobación
acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al
interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
En estos procesos de concurso de méritos el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as
las aclaraciones o, en su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria
CVE:
BOP-2022-6433
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31063