Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2022-6433)
BOP-2022-6433 Bases específicas para la provisión de una plaza de Administrativo/a Contable, como personal laboral fijo, mediante concurso - oposición.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a
aquellos que falseen o modifiquen dicha documentación aportada.
Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación de presentar la documentación
acreditativa de los méritos dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación, adjuntando copias
compulsadas de los mismos. La fecha límite para la valoración de los méritos será la de
publicación de las convocatorias en el BOE. En ningún caso se valorarán méritos no alegados
en la solicitud o no acreditados documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasa por derechos de examen:
De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Derecho de
Examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP de Cáceres de 8 de noviembre de 2022),
procederá el abono de la tasa, por lo que se acompañará a la instancia el resguardo que
justifique haber satisfecho ingreso bancario, al Ayuntamiento de Guadalupe, en alguna de las
siguientes cuentas:
UNICAJA: ES76-2103-7303-6500-3000-3619
SANTANDER: ES42.0049.1328.4128.1007.3690
En el documento de pago deberá figurar: "Excmo. Ayuntamiento de Guadalupe. y en concepto,
pruebas selectivas de la plaza a la que se opte, nombre, apellidos y DNI del aspirante." La falta
de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de instancias, determinará la exclusión de
la persona aspirante, no pudiendo ser subsanable este defecto.
La cantidad a satisfacer, en función del grupo convocado es de quince euros (15,00 €).
Bonificaciones de la tasa.
Gozarán de una bonificación del 50 %, las personas inscritas en el INEM como demandantes
de empleo, y que no perciban ningún subsidio, según certificado emitido por el INEM, el cual se
acompañará a la instancia de solicitud, con una antigüedad de al menos 6 meses como
demandante.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de
alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el
proceso selectivo.
CVE:
BOP-2022-6433
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
Pág. 31064