Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañaveral. (BOP-2022-6428)
BOP-2022-6428 Convocatoria y proceso de estabilización, para la provisión en propiedad/fijo varias plazas de personal funcionario/laboral, mediante concurso Disposición adicional 6ª ley 20/2021.
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representante de cada una de las organizaciones sindicales representativas, así como los
portavoces de los grupos municipales.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO
FASE CONCURSO: MERITOS GENERALES PARA TODAS LAS PLAZAS
La puntuación total a otorgar en el Concurso será de hasta 100 puntos, que se dividirán:
1. Méritos profesionales, que supondrán un 90% de la puntuación total, es decir 90 puntos.
1.1.: Servicios prestados en el Ayuntamiento de Cañaveral como personal funcionario
interino en la plaza objeto de la convocatoria, o como personal laboral temporal en la
categoría profesional igual a la plaza objeto de la convocatoria: 0,55 puntos por mes
completo de servicio.
1.2.: Servicios prestados en el Ayuntamiento de Cañaveral como personal funcionario
interino, o como personal laboral temporal en otros puestos de trabajo: 0,35 puntos por
mes completo de servicio.
1.3.: Servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales como personal
funcionario interino en plazas de igual categoría, o personal laboral temporal de la
misma categoría profesional que la plaza convocada; 0,25 puntos por mes completo de
servicio.
1.3.: Servicios prestados en otras Administraciones Públicas diferentes a la local, como
personal funcionario interino en plazas de igual categoría, o personal laboral temporal
de la misma categoría profesional que la plaza convocada: 0,20 puntos por mes
completo de servicio.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se
valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa.
CVE:
BOP-2022-6428
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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