Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2022-6421)
BOP-2022-6421 Bases convocatoria estabilización.
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El Tribunal queda facultado para adoptar todas aquellas determinaciones que estime
pertinentes para el correcto desarrollo de las pruebas, pudiendo asimismo disponer la
incorporación de asesores especialistas en las pruebas. Estos asesores colaborarán con el
órgano de selección y tendrán voz, pero no voto. Contra los actos y decisiones del tribunal que
imposibiliten la continuación del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión, se
podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia, de conformidad con lo establecido en
el artículo 121 de la Ley 39/2015, y ellos sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otros
recursos que se estimen oportunos.
El tribunal podrá requerir en cualquier momento al candidato/a para que acredite su
personalidad. Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor garantice
la preservación de los principios de igualdad, mérito y capacidad. El tribunal queda facultado
para resolver las dudas e incidencias que puedan presentarse durante el proceso selectivo y
conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes carece de uno o varios de los requisitos
exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la Presidencia, quien resolverá,
previa audiencia del interesado.
El tribunal que actué en estas pruebas tendrá la categoría tercera, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio.
SÉPTIMA. FASES DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO.
El procedimiento selectivo constará de dos fases:
Oposición.
Concurso.
OCTAVA. FASE DE OPOSICIÓN.
La fase de oposición, que supone el 60% de la puntuación final, comprenderá un ejercicio de
carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en una prueba práctica, de ejecución escrita, que versará sobre un
caso práctico referido a las materias que figuran en el programa, que pongan de manifiesto las
aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes.
Se puntuará de 0 a 60 puntos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima
de 30 puntos para acceder a la fase de concurso.
CVE:
BOP-2022-6421
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de diciembre de 2022
N.º 0246
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