Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde del Fresno. (BOP-2022-6395)
BOP-2022-6395 Convocatoria y bases, para la estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso de una plaza de Operario/a servicio de agua y depuración.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valverde del Fresno
méritos no alegados o no acreditados en plazo.
En caso de empate, se resolverá atendiendo sucesivamente a los
siguientes criterios:
- En primer lugar, tendrá prioridad el aspirante con mayor puntuación
obtenida por méritos profesionales en el punto A.1
- De persistir el empate, tendrá prioridad el aspirante con mayor
puntuación obtenida por méritos profesionales en el punto A.2
- De persistir el empate, tendrá prioridad el aspirante con mayor
puntuación obtenida por méritos profesionales en el punto A.3
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del
proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de
las personas aspirantes ha realizado cualquier tipo de actuación
fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere
competencia desleal de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y
capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano
que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes
admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas
formuladas por la persona aspirante. Contra la Resolución de dicho órgano
podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
SÉPTIMA. Calificación
La puntuación de todos los méritos será de máximo 100 puntos, y no se
exige puntuación mínima para superar el proceso selectivo.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de
concurso.
El Tribunal hará publicas en la sede electrónica y en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento las puntuaciones otorgadas provisionalmente a los
aspirantes, a efectos de alegaciones en el plazo de cinco días hábiles.
Las alegaciones deberán ser resueltas en el plazo máximo de veinte días
hábiles posteriores a la finalización del plazo de alegaciones.
OCTAVA. Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos
Exigidos y Nombramiento
8
Cód.
Validación:
AAS7ZPTGF6L2Z6Q5PTXMCZSFW
|
Verificación:
https://valverdedelfresno.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
16
CVE:
BOP-2022-6395
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
Pág. 30631
méritos no alegados o no acreditados en plazo.
En caso de empate, se resolverá atendiendo sucesivamente a los
siguientes criterios:
- En primer lugar, tendrá prioridad el aspirante con mayor puntuación
obtenida por méritos profesionales en el punto A.1
- De persistir el empate, tendrá prioridad el aspirante con mayor
puntuación obtenida por méritos profesionales en el punto A.2
- De persistir el empate, tendrá prioridad el aspirante con mayor
puntuación obtenida por méritos profesionales en el punto A.3
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del
proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de
las personas aspirantes ha realizado cualquier tipo de actuación
fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere
competencia desleal de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y
capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano
que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes
admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas
formuladas por la persona aspirante. Contra la Resolución de dicho órgano
podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
SÉPTIMA. Calificación
La puntuación de todos los méritos será de máximo 100 puntos, y no se
exige puntuación mínima para superar el proceso selectivo.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de
concurso.
El Tribunal hará publicas en la sede electrónica y en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento las puntuaciones otorgadas provisionalmente a los
aspirantes, a efectos de alegaciones en el plazo de cinco días hábiles.
Las alegaciones deberán ser resueltas en el plazo máximo de veinte días
hábiles posteriores a la finalización del plazo de alegaciones.
OCTAVA. Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos
Exigidos y Nombramiento
8
Cód.
Validación:
AAS7ZPTGF6L2Z6Q5PTXMCZSFW
|
Verificación:
https://valverdedelfresno.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
Pág. 30631