Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaván. (BOP-2022-6393)
BOP-2022-6393 Convocatoria de plaza de Auxiliar Administrativo/a, proceso de Estabilización Empleo Temporal.
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Ayuntamiento de Talaván
Plaza de los Herradores, 1, Talaván. 10193 (Cáceres). Tfno. 927285002. Fax:
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa cuando sean
varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las actividades
formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de
proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas, colaboraciones o
tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas:
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad formativa.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas presentadas por
los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con 0,10 puntos.
Por impartir cursos o actividades formativas: Máximo 0,50 puntos:
Actividades formativas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad formativa.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas impartidos por los
aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con 0,10 puntos.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o copia de la certificación que exprese que se
ha participado como docente en una determinada actividad formativa y en la que se acrediten las horas
impartidas de docencia, no valorándose las prácticas, las colaboraciones, ni las tutorías.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto las horas de formación
como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre y cuando dichas actividades
formativas tengan diez o más horas de duración.
B.2. Titulación: Máximo 0,5 puntos.
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 0,50 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que tenga las
competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de Ministros
publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y
de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las
competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
B.3. Conocimiento de idiomas comunitarios: Máximo 0,50 puntos.
Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Escuela Oficial de Idiomas, el Instituto de Lenguas
Modernas u otro organismo oficial reconocido, de acuerdo con el siguiente baremo:
0.1.Nivel B1: 0,30 puntos.
0.2.Nivel B2: 0,35 puntos.
0.3.Nivel C1: 0,45 puntos.
0.4.Nivel C2: 0,50 puntos.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con anterioridad a la
realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no estén
expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
CVE:
BOP-2022-6393
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de diciembre de 2022
N.º 0245
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