Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2022-6301)
BOP-2022-6301 Bases de la convocatoria para la provisión de tres plazas del Grupo A Subgrupo A2, acogidas al proceso de estabilización extraordinario.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso
al empleo público.
e) Poseer la titulación o experiencia requerida en la base primera de esta
convocatoria y las específicas del puesto:
e.1) Para los puestos de Monitor/a Deportivo y Educador/a Infantil:
- No haber cometido delitos de naturaleza sexual. Se acreditará mediante Certificado de
delitos de Naturaleza Sexual.
- Curso de Primeros Auxilios.
TERCERA.- Información, difusión y publicidad. Forma y plazos de presentación de
instancias
3.1. Información, difusión y publicidad.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede
electrónica de este Ayuntamiento de Logrosán, insertándose un extracto de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado, a los efectos de cómputo del plazo de presentación de instancias.
3.2. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes requiriendo tomar parte en este proceso, en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán al señor
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
Se presentarán mediante la instancia general que figura en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Logrosán, a la que se adjuntará la solicitud según el anexo I de estas bases,
relacionándose los méritos a valorar, y copia del DNI y de los documentos acreditativos de los
méritos, de experiencia y formación, sin compulsar.
La experiencia alegada que corresponda a contratos celebrados con el Ayuntamiento de
Logrosán será comprobada de oficio por el mismo.
Las solicitudes, según modelo del anexo I, podrán presentarse también por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal Calificador pueden requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
Se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por
los/as aspirantes, con trámite de audiencia al/a interesado/a. El órgano convocante resolverá
de forma motivada lo que proceda.
En estos procesos de concurso de méritos el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as
las aclaraciones o, en su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria
para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a
aquellos que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo
del cumplimiento de la obligación de presentar la documentación acreditativa de los méritos
dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación, adjuntando copias de los
mismos, sin que sea necesaria su compulsa. La fecha límite para la valoración de los méritos
será la de publicación de las convocatorias en el BOE.
Cód.
Validación:
4C5G4KTXCWWSM9JY4JDMJFJJN
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Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
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Viernes, 23 de diciembre de 2022
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