Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Abadía. (BOP-2022-6255)
BOP-2022-6255 Convocatoria y bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo.
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la puntuación máxima, hasta un máximo de 1,5 puntos.
- Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel igual o
superior, distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría
correspondiente (máximo 0,50 puntos).
- Título de doctor: 0,50 puntos.
- Título de licenciado o título universitario de grado: 0,25 puntos.
- Título de diplomado universitario o titulado en Ciclo de Formación Profesional de Grado
Superior: 0,15 puntos.
- Por los cursos de formación recibidos, en el marco del Acuerdo de Formación para el
empleo o de los Planes para la Formación Continua del Personal de las
Administraciones Públicas orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala
o en la categoría profesional a la que se desea acceder (máximo 1 punto). Valorables a
juicio del Tribunal por guardar relación con las funciones propias del puesto de trabajo
objeto de la convocatoria, siempre que tengan una duración mínima de 20 horas y hayan
sido realizados con posterioridad al 1 de enero de 2006: 0,005 puntos por hora.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita en la
convocatoria. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo.
Los méritos relativos a los servicios prestados en la misma administración deberán alegarse
con indicación de los periodos de prestación de servicios, lo que será comprobado por el
Departamento de Personal. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Abadía no habrán
de ser acreditados por las personas aspirantes, siendo estos aportados de oficio por la propia
entidad.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante copia auténtica del
certificado expedido por el órgano correspondiente.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante
copia auténtica de la titulación correspondiente.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia
auténtica de la titulación correspondiente
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se
CVE:
BOP-2022-6255
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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