Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2022-6235)
BOP-2022-6235 Bases reguladoras y Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ayudas a la natalidad-cheque bebé.
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QUINTA. Procedimiento de Concesión y Órgano Competente.
Una vez que los Servicios Técnicos Municipales hayan verificado que el/a solicitante reúne los
requisitos para ser beneficiario/a de la ayuda, elevarán a Alcaldía la correspondiente propuesta
de concesión.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o no va acompañada de los documentos
preceptivos, se requerirá al/a interesado/a para que, en un plazo de diez días, subsane la falta
o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido/a de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el
artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
A la vista de la referida propuesta será el/a Alcalde/sa, o la Junta de Gobierno Local por
delegación, quien proceda a la concesión de la subvención.
La resolución habrá de dictarse y notificarse en el plazo máximo de diez meses a partir de la
publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Los actos administrativos que se dicen en relación con esta convocatoria, serán objeto de
publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a los/as
interesados/as en la forma establecida en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación la totalidad de las
subvenciones concedidas.
La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y frente a la misma se podrá formular:
a) Recurso potestativo de reposición ante el/a Alcalde/sa en el plazo de un mes desde
su publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, de
conformidad con el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien,
b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-
Administrativo de Caceres en el plazo de dos meses, también desde la publicación de la
Resolución en el Tablón de Anuncios.
CVE:
BOP-2022-6235
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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