Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2022-6234)
BOP-2022-6234 Bases reguladoras para la adjudicación de la licencia para la prestación del servicio de taxi núm. 2.
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c) Ficha de características técnicas del vehículo, en la que conste hallarse vigente la inspección
periódica exigible o, en su defecto, certificación acreditativa de tal extremo.
d) Fotografía en color del vehículo en tamaño 6 x 9 cm. y en forma que aparezca legible la
inscripción de la placa de matrícula delantera.
e) Declaraciones fiscales que se exijan para el ejercicio de la actividad.
f) Declaración de alta en el régimen especial de trabajadores/as autónomos/as de la Seguridad
Social y de estar al corriente en el pago de cuotas u otras deudas con la Seguridad Social.
g) Permisos exigibles otorgados por la Junta de Extremadura.
h) Póliza de seguro que cubra con responsabilidad civil ilimitada los daños a viajeros/as o a
terceros, en la medida en que dichos daños no estén indemnizados por el seguro de
responsabilidad civil de suscripción obligatoria.
i) En caso de disponer de conductor/a asalariado/a, declaración jurada del mismo en la que se
compromete a prestar el servicio con sujeción a las normas legalmente aplicables a la
actividad.
5.- El plazo establecido en el apartado anterior podrá ser ampliado a dos meses a solicitud de
cualquiera de los/as adjudicatarios/as, siempre que acredite debidamente la adscripción de un
vehículo de nueva adquisición.
6.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado o en el de su
ampliación, se entenderá que el/la interesado/a renuncia a la licencia, procediéndose, a
efectuar una nueva adjudicación a favor de la solicitud que corresponda en función del orden
en que haya quedado clasificada.
7.- Comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos la Alcaldía, en el plazo máximo de
quince días expedirá el documento acreditativo a favor de los/as adjudicatarios/as.
DÉCIMA.- Autorización de transporte interurbano.
La Alcaldía comunicará la adjudicación al órgano competente de la Junta de Extremadura en
materia de autorizaciones de transporte interurbano, acompañando una copia de la solicitud y
documentación presentada, a efectos del otorgamiento de la correspondiente autorización.
CVE:
BOP-2022-6234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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