Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6191)
BOP-2022-6191 Bases convocatoria pruebas selectivas para cobertura definitiva de una plaza de Arquitecto/a Técnico/a. Concurso oposición turno libre. Personal funcionario. O.E.Pco. 2019.
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Los cursos en los que no se acredite duración se asignará la puntuación mínima y
si la duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de
tres horas por cada día que se acredite.
No podrán ser valorados en este apartado, los cursos que el personal aspirante
debió superar como requisito de acceso a la condición de empleado/a público/a, en su
caso.
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 4 puntos.
2.3 Acreditación de los méritos de la fase de concurso:
Los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo
de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación de
aprobados/as en el último ejercicio de la fase de oposición para acreditar, a través de su
presentación en los términos previstos en la base tercera para la presentación de
instancias, los méritos definidos en el apartado anterior en la forma que se detalla a
continuación:
Experiencia laboral.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Cáceres se certificarán de oficio
por esta Administración, haciendo entrega del certificado correspondiente al Tribunal de
Selección.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán por las
personas interesadas, mediante la presentación de certificado emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubiesen prestado, indicándose la
denominación del puesto de trabajo, la naturaleza jurídica de la relación, la escala,
subescala, subgrupo y especialidad correspondiente y el tiempo de su duración y la
proporción de la jornada.
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido por
la Tesorería General de la Seguridad Social, junto con el contrato laboral correspondiente
o vinculación jurídica como personal funcionario o estatutario, para acreditar los
certificados que acompañe a esta fase como documento complementario de los anteriores,
sin que por sí sola sirva para valorar los méritos aducidos.
El Tribunal se reserva el derecho de comprobar la veracidad del contenido de las
certificaciones aportadas, cuando a su juicio se considere necesario.
Formación:
La formación se acreditará mediante la presentación de documento original o
fotocopia compulsada del diploma o documento acreditativo de la realización del curso o
actividad formativa correspondiente.
Calificación de la fase de concurso.
CVE:
BOP-2022-6191
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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