Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremenga. (BOP-2022-6154)
BOP-2022-6154 Bases específicas del concurso-oposición, para la provisión de una plaza de Operario/a de Servicios múltiples, en el marco del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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462/2002, de 24 de mayo. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de personal
auxiliar durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designación deberá
comunicarse al órgano competente, que habrá de autorizar el número de
personal auxiliar propuesto.
6.8. Corresponderá al Tribunal de Selección la determinación concreta del
contenido de las pruebas y su calificación adoptando, en su caso, las medidas
oportunas para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo así como
resolver todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las presentes
bases y la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las mismas.
6.9. A los Tribunales les será de aplicación el régimen previsto en el Título
Preliminar, Capítulo II, Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, para los órganos colegiados.
6.10. El Tribunal de selección adoptará sus acuerdos por mayoría de los
miembros presentes en cada sesión. En caso de empate se repetirá la votación
hasta una tercera vez en la que, si persiste el empate, este lo dirimirá el
Presidente con su voto. Para las votaciones se seguirá el orden establecido en la
Resolución de nombramiento de los miembros del Tribunal votando en último
lugar el presidente.
Los acuerdos del Tribunal podrán ser impugnados en los supuestos y en la
forma establecida en la Legislación sobre procedimiento administrativo.
El Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones
planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
6.11. El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de las bases de la convocatoria y adoptarán los acuerdos que garanticen el buen
orden del proceso en lo no previsto expresamente por aquellas.
6.12. El Tribunal actuará con plena autonomía en el ejercicio de su
discrecionalidad técnica y sus miembros son personalmente responsables de la
transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las
pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria.
Las resoluciones del Tribunal vinculan al Ayuntamiento de Torremenga,
aunque éstas, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto
en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
cuyo caso, habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por
las irregularidades.
CVE:
BOP-2022-6154
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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