Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Cruz de la Sierra. (BOP-2022-6153)
BOP-2022-6153 Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso, un Plaza de Operario/a de Servicios Múltiples, derivada del proceso extraordinario de estabilización previsto en la Ley 20/2021.
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que han prestado servicios, de conformidad con la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de
reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, indicándose la denominación
de la plaza, el grupo de clasificación y porcentaje de duración de la jornada.
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente reducción.
Se entenderá por mes completo de trabajo efectivo el que resulte de computar 30 días
completos de trabajo efectivo, aunque no sean consecutivos. Para el cálculo de los meses de
trabajo efectivo se aplicará la siguiente fórmula (sin considerar los decimales):
M1= DT2/30
En la que:
M1 corresponde al número de meses completos computables a efectos de valoración.
DT2 corresponde al número de días de prestación de servicios, conforme a la
documentación acreditativa de los mismos.
2. Méritos académicos y otros méritos: con una puntuación máxima de 20 puntos de acuerdo
con la siguiente valoración:
2.1. Se valorará con una puntuación máxima de 18 puntos la participación en cursos de
formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones
Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones
sindicales u otros/as agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación
para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
de la plaza a la que se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o
impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por los/as agentes
anteriores, con contenidos transversales y complementarios que contribuyan al
desarrollo personal y profesional de los/as empleados/as públicos/as, con arreglo al
siguiente baremo:
0,15 puntos por cada actividad formativa realizada de menos de 10 horas o que
no especifique el número de horas, con un máximo de 3 puntos.
0,25 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos, seminarios,
Congresos o Jornadas de 10 a 300 horas, con un máximo de 12 puntos. Se
establece una equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
0,50 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos, Seminarios,
CVE:
BOP-2022-6153
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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