Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2022-6080)
BOP-2022-6080 Aprobacion definitiva del Reglamento regulador de la modalidad de prestacion de servicios en regimen de Teletrabajo.
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5.- Corresponderá a la jefatura de personal o responsable de la unidad del personal que preste
servicios en régimen de teletrabajo, determinar los objetivos, los resultados clave y el nivel de
cumplimiento alcanzado, que éstos deberán lograr en esta modalidad de prestación de
servicios, y la realización del seguimiento del trabajo desarrollado durante la misma de acuerdo
con los objetivos y resultados a conseguir, los criterios de control de las tareas desarrolladas y
los sistemas de indicadores o mecanismos de medición que permitan comprobar que tales
objetivos se han cumplido.
Artículo 10. Régimen de teletrabajo.
1.- El empleado público sujeto al régimen de teletrabajo tendrá los mismos derechos y deberes
que el resto del personal del Ayuntamiento de Casatejada y no sufrirá variación alguna en sus
retribuciones. El teletrabajo, no obstante, es compatible con la solicitud de reducción de jornada
en las mismas condiciones que el resto de trabajadores.
2.- El personal que preste servicios en la modalidad de teletrabajo tiene derecho a la
desconexión digital en los términos establecidos en el artículo 88 de la Ley orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y se le
tiene que garantizar, fuera de la franja horaria de disponibilidad establecida, el respeto a su
tiempo de descanso y a su intimidad personal.
Artículo 11. Equipamiento, protección de datos y prevención de riesgos.
El Ayuntamiento de Casatejada suministrará al personal el equipamiento informático para
poder desempeñar sus funciones en modo teletrabajo: un ordenador portátil, funda y ratón.
Durante el tiempo que dure el teletrabajo, la persona usuaria se responsabilizará de custodiar y
devolver en las mismas condiciones el equipamiento que le ha sido prestado. La persona
empleada se comprometerá también a aplicar todas las actualizaciones de seguridad de
Windows que se vayan publicando y que son necesarias para mantener en buen uso del
equipo.
En el caso de que se determine que la deficiencia o desperfecto ha sido por un mal uso y/o
negligencia, la persona empleada estará obligada a asumir el coste de reparación o reposición
del equipo.
El empleado se comprometerá a no destinar el equipo informático para fines distintos del
trabajo y hacer un uso adecuado del mismo.
CVE:
BOP-2022-6080
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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