Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de San Román. (BOP-2022-6007)
BOP-2022-6007 Proceso de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Peraleda de San Román
Las personas nacionales de otros Estados deberán aportar la documentación que acredite que se
encuentran en situación de residente temporal o permanente, que tienen autorización para residir y
trabajar o que tienen reconocida la condición de refugiado, conforme a lo dispuesto en la Ley
Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en
España y de su integración social.
Como medida apropiada de agilización en virtud de lo previsto en la Disposición adicional cuarta de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público; conforme al artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones
Públicas no requerirán a los interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora
aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A
estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y ante que órgano administrativo
presentó los citados documentos, debiendo las Administraciones Públicas recabarlos
electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de
intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Se presumirá que esta
consulta es autorizada por los interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición
expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso.
Los que tuvieran la condición de empleados públicos estarán exentos de justificar las condiciones y
requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás
circunstancias que consten en su expediente personal
DÉCIMA. Nombramiento y formalización de contrato
Terminado el plazo de presentación de documentos la Alcaldía-Presidencia procederá al
nombramiento de los/as aspirantes que, habiendo aportado los documentos requeridos, reúnan los
requisitos exigidos para acceder a las nuevas plazas.
En el supuesto de que el/la aspirante inicialmente propuesto no reuniera los requisitos exigidos o
renunciara a la plaza, la Alcaldía declarará aprobado al siguiente aspirante de la lista de puntuaciones
finales confeccionada por el tribunal y procederá a requerirle la documentación antes señalada.
El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la
sede electrónica de este Ayuntamiento http://peraledadesanroman.sedelectronica.es] y en el Tablón
de Anuncios del Ayuntamiento.
Plazas de personal laboral: se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo
previa notificación al interesado y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo de un mes
como personal fijo de plantilla.
Quienes sin causa justificada no suscriban el contrato laboral, no adquirirán la condición de
empleado público, perdiendo todos los derechos derivados del proceso selectivo y de la subsiguiente
contratación laboral
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el
plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación
legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
UNDÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
CVE:
BOP-2022-6007
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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