Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de San Román. (BOP-2022-6007)
BOP-2022-6007 Proceso de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Peraleda de San Román
8.8. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de aspirantes al
de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de
aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando
se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por
los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas
se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento
o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los
aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios y/o personal
laboral fijo.
NOVENA.- Presentación de documentos.
9.1. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación
definitiva de aprobados/as en la página https://peraledadesanroman.sedelectronica.es, los/as
aspirantes propuestos por el Tribunal deberán presentar en la Secretaria del Ayuntamiento, para su
cotejo con las copias presentadas, los siguientes documentos originales acreditativos de las
condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Documento Nacional de Identidad. pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
b) Original del título exigido en las Bases específicas, o certificación académica que acredite haber
realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones
públicas, o de no estar sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el
acceso a la función pública para los/as aspirantes que no posean la nacionalidad española, según el
modelo que figura como ANEXO II a estas Bases.
d) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse en cada
base específica, que deberá ser compulsada por el Área encargado de la gestión de dicho proceso
selectivo.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante
cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas
en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que residan
en España, deberán presentar documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de
residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas
en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que no
residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar documento de identidad o pasaporte y del resguardo de haber solicitado
la tarjeta de residencia comunitaria.
CVE:
BOP-2022-6007
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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