Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2022-5993)
BOP-2022-5993 Bases generales de los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Casatejada en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad.
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Ayuntamiento de Casatejada
mayor tiempo de servicio prestado en el Ayuntamiento de Casatejada en el puesto en el puesto de
trabajo correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria, como funcionario interino o como
personal laboral temporal. De persistir el empate se acudirá a la mayor puntuación por cursos de
formación y por ultimo se dirimirá por mayor puntuación por titulación.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que
acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de
valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas aspirantes ha
realizado cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud,
que genere competencia desleal de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad,
previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del
proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de personas
aspirantes admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas formuladas por la
persona aspirante. Contra la Resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos
administrativos que procedan.
SÉPTIMA. Calificación
La puntuación de todos los méritos será de máximo 10 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
OCTAVA. Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos Exigidos y Nombramiento
Una vez terminada la baremación y consideradas las reclamaciones presentadas, el Tribunal hará
pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://casatejada.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días
hábiles desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://casatejada.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión,
los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto
de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de
prueba que corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el
trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Ayuntamiento de Casatejada
Plza. España, 1, Casatejada. 10520 (Cáceres). Tfno. 927547002. Fax: 927547424
CVE:
BOP-2022-5993
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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