Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5970)
BOP-2022-5970 Convocatoria para la provisión de una plaza de Profesor/a de Bellas Artes (especialidad Grabado). Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos conforme se determina en la
base décima de esta convocatoria.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Diputación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón
Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, contendrá como anexo único, la relación
nominal de aspirantes admitidos/as y excluidos/as con su correspondiente documento nacional de
identidad o análogo para los de nacionalidad extranjera e indicación de las causas de inadmisión.
Asimismo, en esta Resolución se indicarán la página web y los lugares en que se encuentren
expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones previstas
en la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos
Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos competentes aprueben
disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional séptima.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del
artículo sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del
plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P., en el Tablón
Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a definitiva la
lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u
omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del ejercicio de la
fase de oposición.
4.4. Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina en los
artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, quedando formados por
los titulares que a continuación se indican y sus correspondientes suplentes:
Presidente/a:
CVE:
BOP-2022-5970
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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