Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-5946)
BOP-2022-5946 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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Artículo 20. La Formalización de la Admisión en el Centro Residencial Mixto de Mayores y
Centro de Día, mediante un contrato de ingreso, en el que figurará la aceptación expresa de las
normas reguladoras de la organización y funcionamiento de la misma, de sus derechos y
obligaciones y de las condiciones económicas derivadas de su condición de residente.
En el caso del que el/a futuro/a residente no pueda firmar el contrato de admisión, lo hará su
representante. En el caso de que el/a residente no sepa firmar colocará la huella dactilar del
dedo índice derecho en el lugar reservado para su firma, delante de dos testigos que firmarán
debajo de la impresión dactilar. De no saber firmar el/a representante se actuará del mismo
modo que para el/a residente.
Artículo 21. En el contrato figurarán además de los datos de filiación del/a interesado/a y
familiares, los datos identificativos del/a familiar o representante, una descripción de su estado
físico y psíquico y se acompañará la siguiente documentación:
Acuse de recibo del presente Reglamento y firma de cada una de sus hojas en prueba
de conformidad.
Certificado médico de su estado físico y psíquico, firmado por facultativo/a colegiado/a
competente.
No obstante, se podrá solicitar la realización de otra revisión médica previa a su ingreso para
corroborar o no la información aportada. En caso de discrepancia entre ambos informes
prevalecerá este sobre aquel.
Se notificará personalmente a los/as interesados/as la adjudicación de plazas, con indicación
de la fecha a partir de la cual se podrá hacer efectivo el ingreso y del precio público a
satisfacer.
Artículo 22. La efectividad de la admisión, vendrá dada por resolución que estará condicionada
a los siguientes requisitos:
El ingreso en el Centro se efectuará en el plazo máximo de quince días naturales siguientes a
la recepción de la notificación de la plaza adjudicada.
Se efectuará un compromiso formal previsto en el presente Reglamento y se procederá al
abono de la primera mensualidad.
Transcurrido el plazo de quince días para la admisión, sin que se haya producido la
incorporación, se entenderá decaído en los derechos de admisión e ingreso.
CVE:
BOP-2022-5946
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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