Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-5946)
BOP-2022-5946 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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Plazas Libres: Autónomos/as o Dependientes y Centro de Día.
Fecha de solicitud de entrada. En caso de no existir plazas libres, la fecha de solicitud
de entrada quedará registrada en el fichero de posibles ingresos y por orden de petición.
Para admisión de nuevos/as residentes en el Centro tanto de Autónomos/as,
Dependientes, como del Centro de Día, se observarán las siguientes reglas:
Filiación del/a interesado/a y familiar o familiares.
Datos identificativos de los/as familiares, persona responsable y/o representante.
Descripción del estado físico y psíquico del/a nuevo/a residente.
Acuse de recibo del presente Reglamento y firma, en cada una de sus hojas, en prueba
de conformidad.
Artículo 8. El/a futuro/a nuevo/a residente aportará certificado médico de su estado físico y
psíquico. En caso contrario, se someterá a una revisión por el/a Médico/a Titular de la localidad
o del Centro en su caso, quien emitirá informe que se unirá al expediente personal del/a
residente y que tendrá carácter vinculante para ambas partes, sometiéndose, por tanto,
expresamente al mismo.
Artículo 9. A la solicitud de ingreso deberá acompañarse la siguiente documentación:
Fotocopia del D.N.I. del/a interesado/a.
Certificado de empadronamiento y convivencia (unidad familiar), expedido por el
Ayuntamiento del municipio en el que resida habitualmente el/a solicitante.
Informe médico (según el modelo establecido por los SSB), en el que se especifique si
el/a solicitante padece enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental y si tiene,
en su caso, trastornos de conducta que puedan impedir el normal desarrollo de las
relaciones de convivencia en el Centro.
Fotocopia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y
justificantes de Impuesto Sobre Bienes Inmuebles y actividades económicas: En el caso
de no estar obligado/a a presentar declaración por el citado impuesto, deberá aportar
una declaración jurada de ingresos y propiedades.
Certificado de pensiones emitido por el Organismo correspondiente.
Compromiso familiar, para los/as usuarios/as autónomos/as, de hacerse cargo de ellos
en el supuesto de que variaran sus circunstancias de dependencia y no pudieran ocupar
plaza de dependientes por carencia puntual de ellas en el Centro.
Artículo 10. En el caso de matrimonios o parejas de hecho, las solicitudes podrán presentarse
de forma individual o conjunta. En caso de solicitudes conjuntas, cuando se produzca el
ingreso de un/a solo/a miembro de la pareja, por criterios de agrupación familiar, se dará
prioridad al/a otro/a miembro de la misma, en la primera plaza que se produzca.
CVE:
BOP-2022-5946
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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