Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-5946)
BOP-2022-5946 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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que el/a usuario/a se encuentre capacitado. En cualquier caso, deberá abandonarla
durante el tiempo que el personal de limpieza permanezca en ella.
No se permitirá, salvo en caso de enfermedad, y con la debida autorización, servir
comidas en las habitaciones.
Se abstendrá de modificar las instalaciones de las habitaciones y de utilizar aparatos
eléctricos no autorizados por el/a responsable del Centro, como radiadores, neveras,
televisores, ordenadores, etc. Salvo autorización expresa del/a responsable.
Si observa alguna anomalía que se produzca en su habitación (fontanería, electricidad,
etc.) deberá comunicarla al/a responsable del Centro.
La utilización privada de aparatos de radio y TV, estará supeditada a que no molesten a
los/as compañeros/as o vecinos/as de habitación. Se utilizarán para este tipo de
aparatos o para otros, antenas parabólicas portátiles, redes de conexiones, etc deberán
ser suministrados, instalados y pagados por el/a usuario/a, siempre con la preceptiva y
previa autorización de los/as responsables del Centro, ya que el Centro no modificará
las instalaciones al efecto.
Se podrán tener macetas debidamente protegidas en su base, para no deteriorar
muebles o pavimento.
No está permitido tender, lavar ropa dentro de las habitaciones, así como, utilizar las
ventanas para secar las prendas. Tampoco se podrán arrojar objetos ni desperdicios al
exterior.
No se guardarán en las habitaciones alimentos susceptibles de descomposición, o que
puedan provocar malos olores, con el fin de evitar intoxicaciones o enfermedades.
Utilice las dependencias que el Centro tiene destinadas a tal fin.
Para evitar posibles accidentes, se pondrá especial cuidado en dejar los grifos cerrados
y las luces apagadas al salir de la misma.
No se permitirá fumar ni beber alcohol en las habitaciones.
Durante las horas de descanso se evitará todo aquello que pueda molestar al resto de
los/as residentes.
El horario de descanso es el siguiente: de 15,00h. a 17,00h. y de 22,00h, a 8,00h.
Los/as residentes con autonomía, serán responsables de la limpieza y cuidado de los
objetos de su propiedad que estén colocados en su habitación.
Se espera que los/as residentes con autonomía se bañen o aseen con la periodicidad
establecida, al menos tres veces por semana.
No podrán utilizar braseros, infiernillos, estufas, planchas, etc.
No se podrá tener animales en las habitaciones salvo que sea necesario (invidentes,
etc.).
Por razones de servicios, los/las residentes podrán ser cambiados de habitación:
CVE:
BOP-2022-5946
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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