Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-5946)
BOP-2022-5946 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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- Desayuno, de 8,30h. a 10,00h.
- Comida, de 13,00h. a 14,30h.
- Merienda, a las 17,00h.
- Cena, de 20,00h. a 21,00h., en invierno, y de 20,30h. a 22,00 h., en verano.
- Suplemento de zumo, fruta, leche, etc., a media mañana, así como antes de
dormir.
No obstante, se establece la posibilidad de ampliar los horarios de las diferentes
comidas, o bien que pueda realizarse en dos turnos, por necesidades del servicio.
No está permitido sacar utensilios del comedor, tales como cubiertos, vasos, servilletas,
etc., ni entrar alimentos que no sean propios del Centro. No se podrán tener en el
Centro navajas, tijeras u objetos cortantes, salvo casos debidamente justificados y
previa autorización de los/as responsables del Centro.
La plaza en el comedor es fija para el/a residente, no obstante, si fuera necesario, el
personal auxiliar del Centro, establecerá el sitio a ocupar en el comedor y si por
cualquier causa se desea cambiar, la petición se efectuará al/a responsable del Centro
que acordará lo que estime procedente.
Se debe respetar el orden en el comedor, tratar al personal de servicio con el mayor
respeto, mantener el decoro en la mesa, evitando realizar cualquier acto que produzca
repulsa a los demás.
No se permite la entrada de visitantes en el comedor durante las horas de este servicio,
salvo autorización expresa del/a responsable del Centro.
En situaciones en que la masticación y la deglución estén comprometidas, se harán las
preparaciones adecuadas. A partir del menú basal se modificará la textura de la
alimentación según las necesidades.
Los/as usuarios/as que no deseen hacer uso de uno de los servicios del comedor, lo
notificarán con al menos cuatro horas de antelación.
B) HABITACIONES.
Artículo 31. En la habitación el/a residente repartirá equitativamente el espacio con su
compañero/a, facilitándole en todo momento la colocación de prendas y utensilios. Distribuirán
el horario de forma que puedan disponer, igualitariamente del servicio común, facilitando las
necesidades urgentes del/a compañero/a y manteniendo la debida limpieza, y además:
Se permite la colaboración en la limpieza de la habitación, en aquellas tareas para las
CVE:
BOP-2022-5946
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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