Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2022-5914)
BOP-2022-5914 Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos, para plazas derivadas de procesos de estabilización de empleo temporal, en virtud de la ley 20/2021,de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos y en ella se
hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el/los ejercicio/s de la fase de
oposición, cuando el sistema de selección sea el de concurso-oposición. La publicación de
todas las actuaciones posteriores del Tribunal de Selección se harán mediante publicación en
el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica municipal.
Contra la Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que pone fin a
la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de
un mes, a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres, ante la Alcaldía, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-
administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de
13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los/as aspirantes comprobarán no solo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos/as, sino, además, que sus nombres constan en la
pertinente relación de admitidos/as.
Los errores de hecho se podrán subsanar en cualquier momento, de oficio o a petición del/a
interesado/a, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva, incluso
durante la celebración de las pruebas, se advierte en alguna solicitud inexactitud o falsedad
que fuera causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá dicha
exclusión.
Los sucesivos anuncios relacionados con el desarrollo del proceso selectivo se publicarán
únicamente en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en definitiva cualquier decisión que adopte el
Tribunal y que deba conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas
selectivas o, en su caso, la fase de concurso, se expondrán en el tablón de anuncios de la sede
electrónica de este Ayuntamiento, bastando dicha exposición, en la fecha que se inicie, como
notificación a todos los efectos.
El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un plazo
CVE:
BOP-2022-5914
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de diciembre de 2022
N.º 0237
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