Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2022-5914)
BOP-2022-5914 Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos, para plazas derivadas de procesos de estabilización de empleo temporal, en virtud de la ley 20/2021,de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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Las bolsas de empleo de todos los procesos que se convoquen, no implican en ningún caso un
nombramiento o contratación, sino una expectativa.
El llamamiento para efectuar el nombramiento como personal laboral temporal, se efectuará
mediante llamada telefónica y correo electrónico, al que ocupe el primer lugar de la Bolsa de
Trabajo, por riguroso orden de puntuación.
Serán los datos que figuren en la solicitud, tales como número de teléfono de contacto y
dirección de correo electrónico de los/as aspirantes que pasen a integrar la bolsa de empleo,
los que se utilizarán a efectos de realizar los correspondientes llamamientos, siendo de su
exclusiva responsabilidad, el comunicar a esta Administración cualquier modificación ulterior de
los mismos que impida efectuar el llamamiento.
Si efectuado un llamamiento, por un/a integrante de la Bolsa de empleo no se atendiera el
mismo en el plazo de 48 horas quedará automáticamente excluido/a de la misma, salvo causas
de fuerza mayor alegadas y suficientemente acreditadas en el citado momento que
imposibilitaran la incorporación.
Serán causas justificadas de renuncia a una oferta las siguientes:
1. Estar en período de licencia por maternidad o de adopción.
2. Estar en situación de incapacidad temporal.
3. Estar trabajando mediante contrato o nombramiento en el momento de llamamiento.
En todo caso, de producirse un ulterior llamamiento y mantenerse la decisión de no
incorporarse al puesto objeto de provisión, se procederá a su automática exclusión de la Bolsa
de empleo, cualquiera que sea la causa alegada.
Serán causas de exclusión de la Bolsa de empleo el cese voluntario antes de cumplir el plazo
de nombramiento, la separación del servicio mediante expediente disciplinario o el despido por
incumplimiento o sanción.
En todo caso, los/as integrantes de la Bolsa de empleo, únicamente serán titulares de una
expectativa de derecho a ser nombrados/as temporalmente por orden de puntuación, para
casos vacantes que lo precisen, mientras no se realice otro procedimiento selectivo para cubrir
dicha plaza.
Efectuado el llamamiento de un/a integrante de la Bolsa de empleo, el/a aspirante aportará
ante la Administración, dentro del plazo que al efecto se establezca en función de la urgencia
CVE:
BOP-2022-5914
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de diciembre de 2022
N.º 0237
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