Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2022-5914)
BOP-2022-5914 Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos, para plazas derivadas de procesos de estabilización de empleo temporal, en virtud de la ley 20/2021,de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
derivada de las necesidades organizativas del Servicio, y respetándose un plazo mínimo de 48
horas, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en
cada convocatoria.
El/a aspirante prestará sus servicios en el plazo máximo de tres (3) días naturales, a contar del
siguiente al que le sea notificado el nombramiento, salvo que razones de urgencia para el
interés municipal obligaran a realizarlo en un plazo inferior. Si no lo hiciera en el plazo señalado
sin causa justificada, quedará en situación de cesante.
Las bolsas de empleo tendrán vigencia indefinida y derogarán todas las anteriores que
estuvieran vigentes en este Ayuntamiento a la finalización de cada convocatoria.
UNDÉCIMA. Incidencias e impugnación.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos
necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las Bases
específicas de cada convocatoria y siempre que no se oponga a las mismas, de acuerdo con lo
establecido en la legislación vigente.
Si el Tribunal tuviere conocimiento en cualquier momento del proceso selectivo, de que alguno
de los/as aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la convocatoria,
previa audiencia del/a interesado/a, deberá proponer su exclusión a la Alcaldía, haciendo
constar las causas que justifiquen la propuesta.
DÉCIMOSEGUNDA. Incompatibilidades.
Los/as aspirantes propuestos/as quedarán sujetos/as, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
DÉCIMOTERCERA. Datos de carácter personal.
El tratamiento de los datos personales se llevará a cabo según lo establecido en Reglamento
General de Protección de Datos.
DÉCIMOCUARTA. Vigencia.
La vigencia de las presentes bases generales tendrá carácter indefinido hasta ser sustituidas
total o parcialmente.
Las presentes bases generales serán de aplicación a partir del día siguiente a su publicación
CVE:
BOP-2022-5914
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de diciembre de 2022
N.º 0237
Pág. 25464