Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.). (BOP-2022-5908)
BOP-2022-5908 Bases Generales que regirán las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal.
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Oficial de la Provincia para que aleguen y presenten la documentación que a su
derecho convenga.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no
aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos/as de la participación en el
proceso selectivo.
Los errores en la consignación de los datos personales se rectificarán de oficio o
a instancia del interesado/a en cualquier momento del proceso selectivo.
La lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas se considerará
automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones. Las
reclamaciones que se presenten se resolverán dentro del plazo de los 30 días
siguientes a contar desde la presentación de las mismas, siendo estimadas o
desestimadas, en una nueva resolución por la que se aprueba la lista definitiva.
6.2. Finalizado el plazo de subsanación se dictará Resolución de la Alcaldía
declarando aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos, que se
publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de Edictos y Anuncios
y en sede electrónica. Asimismo, en dicha Resolución se hará constar la
designación nominal del Tribunal Calificador, así como la fecha y hora en que se
reunirá el Tribunal Calificador para valorar la fase de concurso.
En las listas definitivas se resolverá las alegaciones planteadas por las personas
interesadas en el procedimiento en relación con su exclusión u omisión en las listas
provisionales y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho
alegaciones.
7. Tribunal Calificador
7.1. La designación del Tribunal Calificador se efectuará conforme a las
prescripciones que, respecto a los órganos de selección, se contienen en el artículo
60 del del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el órgano
competente en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la publicación de la
relación provisional de admitidos. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola
vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
7.2. El Tribunal Calificador estará constituido por un número impar de miembros,
no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes,
y estarán comprendidos, en todo caso, por un Presidente, un Secretario, con voz y
voto, que será el Secretario General de la Corporación o funcionario de carrera en
quien delegue, y un mínimo de tres Vocales, personal funcionario de carrera o
personal laboral fijo.
Cód.
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3THPSFNFL6K5DLLCA4MN23AFM
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Martes, 13 de diciembre de 2022
N.º 0236
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