Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2022-5743)
BOP-2022-5743 Bases generales de los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera en el marco de los procesos extraordinarios de Estabilización empleo Temporal Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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Simultáneamente se publicará en la página Web Empleo Público del Ayuntamiento de
Jarandilla de la Vera, la relación de aprobados/as con indicación de las puntuaciones
obtenidas.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en
el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la
interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal.
8.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de
igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes
seleccionados/as o cuando de la documentación aportada por los/as aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se
deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno/a de los/as aspirantes, antes de
su nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del
Tribunal relación complementaria de los/as aspirantes que sigan a los/as
propuestos/as para su posible nombramiento como funcionarios/as de carrera.
NOVENA. Presentación de documentación.
9.1. En el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la
Provincia, los/as aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a
continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
b) Original del título exigido en las Bases específicas, o certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la
expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la
documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario/a o personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción
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BASES GENERALES PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
Cód.
Validación:
3P93G2PTAJAAAX7F9Z9HMTZCH
|
Verificación:
https://jarandilladelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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18
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CVE:
BOP-2022-5743
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de diciembre de 2022
N.º 0232
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