Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5689)
BOP-2022-5689 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para realizar proyectos de Educación para la Ciudadanía Global.
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1) Transferencia Bancaria. Cuando los pagos se lleven a cabo a través de este medio, la cuenta de
cargo debe estar a nombre de la entidad. Para su acreditación se debe aportar alguno de los
siguientes documentos:
- Resguardo de la orden de transferencia o de la notificación de domiciliación realizada.
- Extracto de la cuenta corriente en el que figure el cargo de la transferencia realizada.
- Certificado original emitido por la entidad bancaria que contenga: el titular y el número de la
cuenta en la que se carga la transferencia o adeudo, el ordenante de la transferencia o
adeudo, el beneficiario que debe coincidir con el emisor de la factura, el concepto por el que
se realiza la transferencia, el importe y la fecha de la operación.
2) Pago mediante cheque. En estos casos se aportará copia del cheque emitido a nombre del
proveedor que emite la factura, acompañada de copia sellada del extracto bancario que incluye el
cargo.
3) Pagos en efectivo, hasta el límite legal de 1.000,00€ MIL EUROS, establecido en la Ley 11/2021 de
9 de julio de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE n.º 164 de 10 julio 2021).
Estos pagos se justificarán mediante recibo que acredite que al emisor de la factura le ha sido
satisfecho el importe. Este recibo debe contener al menos: término “Recibí, “Recibo de pago”, “Recibí
en efectivo” o similar; nombre y apellidos o razón social, DNI/NIF, firma de la persona que recibe dicho
pago; identificación de la factura a la que corresponde el pago y su fecha; fecha de cobro. También se
admite que estos datos se plasmen en el mismo documento de factura.
4) Pagos con tarjeta bancaria. Se justificarán mediante el documento de cargo del pago con la tarjeta y
la titular de la tarjeta habrá de ser la entidad o estar asociada a la misma.
➔ Fuentes de verificación imparciales y objetivas, que incluyan listados de personas participantes,
desagregados por edad y sexo, encuestas, hojas de firmas, recibís de entrega de materiales,
fotografías o cualquier otro acreditativo de la realización de las actividades.
Será obligatorio hacer constar la financiación/ colaboración de la Diputación de Cáceres mediante la
disposición del texto “En colaboración con la Diputación Provincial de Cáceres” y el logotipo de la
Excma. Diputación en todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto o
actividad subvencionada o, en su caso, debiendo publicar en prensa o redes sociales nota informativa con el
proyecto detallado y el importe total de la ayuda.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
El plazo máximo de justificación será de 3 MESES, desde la finalización del plazo de ejecución, es decir hasta
el 31 de marzo de 2024.
SUBSANACIÓN
En relación a la justificación, una vez presentada la misma dentro del plazo señalado para ello en esta BASE,
si el órgano gestor considerase, tras las oportunas verificaciones, que existen errores subsanables en la justifi-
cación, se requerirá a la entidad beneficiaria que proceda a corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días há-
biles. La presentación de la subsanación, se hará a través de la sede electrónica mediante la aportación de la
documentación indicada y siguiendo las indicaciones pertinentes que la entidad beneficiaria recibirá del órgano
gestor.
Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma, la Diputación Provincial de Cáceres
requerirá a la entidad beneficiaria para que la presente en un plazo improrrogable de 15 días, sin perjuicio de
CVE:
BOP-2022-5689
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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