Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5667)
BOP-2022-5667 Normas Reguladoras y Convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa para la contratación de Operadores/as TIC destinados/as a las Mancomunidades Integrales de la provincia para el ejercicio 2023.
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7º. La Diputación de Cáceres pondrá a disposición de las entidades beneficiarias las presentes normas,
a los efectos de su debido conocimiento, así como los correspondientes documentos necesarios para la
tramitación de la ayuda en la dirección de la sede electrónica indicada a continuación.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN *
La presente subvención se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación
Provincial de Cáceres.
La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es.
El plazo para la presentación de la solicitud será de 1 mes a partir del día siguiente de la publicación del
extracto de estas normas reguladoras en el correspondiente Boletín Oficial de la Provincia. De no proceder
a la presentación de dicha solicitud en el plazo establecido se entenderá que la Entidad desiste de su
derecho a la percepción de la subvención que pudiera otorgársele.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la
sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros
procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la sede electrónica
de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente.
Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a cumplimentar en
las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser
obligatoriamente utilizados cuando así proceda.
NORMA CUARTA. COMPROMISOS A ASUMIR POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS. *
Serán beneficiarias las mancomunidades de la provincia incorporadas en la distribución sustantiva de la
subvención.
Las mancomunidades se comprometen a desarrollar las actuaciones necesarias para la ejecución plena de
la actividad subvencionada, descritas en la documentación a aportar y, además, deberán:
1º. Incluir en su página web, la divulgación de la presente subvención a través de un anuncio en el que
aparezca el logotipo de la Diputación, los tipos de gastos objeto de la ayuda y su importe total,
manteniendo esta acción publicitaria desde la concesión hasta la finalización del periodo de ejecución.
2º. Realizar el objeto para el que han solicitado la subvención, en los términos de la documentación
presentada. En particular:
a) La mancomunidad proporcionará el equipamiento informático, mobiliario y material fungible
necesario para la realización de las tareas que son objeto de esta convocatoria. En ningún caso, los
gastos por estos conceptos podrán imputarse a la subvención concedida.
b) El operador TIC deberá atender las actuaciones demandadas por las entidades locales, in-situ o
remotamente en cada uno de los municipios de la mancomunidad. Dejando constancia documental
de dichas actuaciones en el sistema de soporte y seguimiento establecido. Dichas hojas de trabajo
se considerarán documento justificativo necesario y suficiente en caso del control financiero que
pudiera realizarse por parte de la Intervención Provincial en los términos del Plan Anual de Control
Financiero vigente.
c) El operador TIC realizará las actuaciones necesarias para que los sistemas de información
públicos e internos se encuentren actualizados, dinamizando la captación de información, asistiendo
en su actualización e incluso manteniendo la misma en caso necesario, haciendo especial hincapié
en lo relativo a transparencia y datos abiertos.
CVE:
BOP-2022-5667
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de diciembre de 2022
N.º 0230
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