Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5667)
BOP-2022-5667 Normas Reguladoras y Convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa para la contratación de Operadores/as TIC destinados/as a las Mancomunidades Integrales de la provincia para el ejercicio 2023.
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BENEFICIARIOS
Se ha establecido el reparto de las ayudas que se refleja en la relación de posibles entidades beneficiarias,
que acompaña como anexo I a estas normas. Dicha relación, contiene todas las mancomunidades
integrales de la provincia, y las asignaciones se han establecido de conformidad con los siguientes criterios:
• Gastos de personal. Reparto lineal.
• Gastos de desplazamiento. Reparto proporcional a la distancia de la sede de la mancomunidad a
los distintos Ayuntamientos que conforman la misma y al Palacio Provincial de la Diputación.
COMPETENCIA
El órgano competente para la concesión de las subvenciones correspondientes es el Ilmo. Sr. Presidente de
la Diputación Provincial de Cáceres, que adoptará la correspondiente resolución relativa a las entidades
locales beneficiarias.
El órgano encargado de la puesta en marcha y tramitación de la presente subvención será la Sección de
Informática Municipal, adscrita al Área de Innovación y Provincia Digital de la Diputación Provincial.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Podrán ser objeto de las ayudas la contratación temporal, en régimen de jornada completa de
mañana, por un período no inferior a seis meses, ni superior a un año, de operadores TIC por parte de las
mancomunidades integrales de la provincia de Cáceres, con la finalidad de desarrollar, tanto en la propia
mancomunidad, como en los Ayuntamientos que la componen y en coordinación con la Diputación
Provincial, tareas relacionadas con:
a) La asistencia y puesta en marcha de procesos de administración electrónica y territorios
inteligentes
b) Apoyo a la adaptación a la normativa legislativa vigente
c) El soporte a usuarios de las entidades locales integradas en la mancomunidad en el uso de
aplicaciones desplegadas desde la Diputación de Cáceres, sistemas de información públicos y
privados
d) La gestión del parque informático, inventario de activos, gestión de usuarios y otro inventario
propiedad de las entidades locales
e) La gestión de recursos informáticos y de telecomunicaciones asignados a las entidades locales
f) La ejecución de actividades formativas relacionadas con la administración electrónica y la
transformación digital de las entidades locales.
g) Las acciones realizadas en colaboración con proyectos de transformación digital promovidos
desde la Diputación de Cáceres
NORMA SEGUNDA. VIGENCIA.
Las presentes normas regularán todo el procedimiento, que tienen vigencia durante el periodo de ejecución
de la subvención, y no podrán ser objeto de prórroga, ni expresa ni tácita.
CVE:
BOP-2022-5667
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de diciembre de 2022
N.º 0230
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