Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2022-5658)
BOP-2022-5658 Acuerdo definitivo Ordenanza Administración electrónica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El Registro electrónico se regirá por lo dispuesto en esta Ordenanza a las cero
horas y un segundo del día Jueves 22 de septiembre de 2022.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Seguridad
La seguridad de las sedes y registros electrónicos, así como la del acceso
electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se regirán por lo establecido
en el Esquema Nacional de Seguridad.
La asamblea de la Mancomunidad aprobará su política de seguridad con el
contenido mínimo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 3/2010, de 8 de
enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
Administración Electrónica.
Se deberá dar publicidad en las correspondientes sedes electrónicas a las
declaraciones de conformidad y a los distintivos de seguridad de los que se disponga.
Se deberá realizar una auditoría regular ordinaria al menos cada dos años.
Cada vez que se produzcan modificaciones sustanciales en el sistema de información
que puedan repercutir en las medidas de seguridad requeridas, se deberá realizar
una auditoría con carácter extraordinario, que determinará la fecha de cómputo para
el cálculo de los dos años. El informe de auditoría tendrá el contenido establecido en
el artículo 34.5 del Esquema Nacional de Seguridad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Protección de datos
La prestación de los servicios y las relaciones jurídicas a través de redes de
telecomunicación se desarrollarán de conformidad con lo establecido en la Ley
Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, y las disposiciones
específicas que regulan el tratamiento automatizado de la información, la propiedad
intelectual y los servicios de la sociedad de la información.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Ventanilla única de la Directiva de
Servicios
CVE:
BOP-2022-5658
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de noviembre de 2022
N.º 0229
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El Registro electrónico se regirá por lo dispuesto en esta Ordenanza a las cero
horas y un segundo del día Jueves 22 de septiembre de 2022.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Seguridad
La seguridad de las sedes y registros electrónicos, así como la del acceso
electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se regirán por lo establecido
en el Esquema Nacional de Seguridad.
La asamblea de la Mancomunidad aprobará su política de seguridad con el
contenido mínimo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 3/2010, de 8 de
enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
Administración Electrónica.
Se deberá dar publicidad en las correspondientes sedes electrónicas a las
declaraciones de conformidad y a los distintivos de seguridad de los que se disponga.
Se deberá realizar una auditoría regular ordinaria al menos cada dos años.
Cada vez que se produzcan modificaciones sustanciales en el sistema de información
que puedan repercutir en las medidas de seguridad requeridas, se deberá realizar
una auditoría con carácter extraordinario, que determinará la fecha de cómputo para
el cálculo de los dos años. El informe de auditoría tendrá el contenido establecido en
el artículo 34.5 del Esquema Nacional de Seguridad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Protección de datos
La prestación de los servicios y las relaciones jurídicas a través de redes de
telecomunicación se desarrollarán de conformidad con lo establecido en la Ley
Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, y las disposiciones
específicas que regulan el tratamiento automatizado de la información, la propiedad
intelectual y los servicios de la sociedad de la información.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Ventanilla única de la Directiva de
Servicios
CVE:
BOP-2022-5658
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de noviembre de 2022
N.º 0229
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