Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2022-5591)
BOP-2022-5591 Aprobación definitiva de la Ordenanza General reguladora de la gestión, recaudación e inspección de los tributos y otros ingresos de derecho público locales.
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realización origina el nacimiento de la obligación de contribuir.
2. Las Ordenanzas de los respectivos tributos completarán, en su caso, la determinación
concreta del hecho imponible mediante la mención de los supuestos de no sujeción, así como
de las condiciones en que nace la obligación de contribuir.
Artículo 6. Sujeto pasivo.
En todo lo relativo al sujeto pasivo (principios generales, responsables del tributo, capacidad de
obrar y domicilio fiscal) se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria, y a las
modificaciones que con posterioridad puedan promulgarse sobre tales materias. En especial, y
por lo que se refiere al domicilio fiscal, cuando no se efectúe la preceptiva declaración del
domicilio dentro del término municipal, tendrán la consideración de representantes de los
titulares de la propiedad o actividad económica:
a) Los administradores, apoderados o encargados de los propietarios de bienes o
titulares de actividades económicas.
b) En su defecto, los colones, arrendatarios o aparceros de fincas rústicas, cuando sus
propietarios o administradores no residieran en el término municipal.
c) Los inquilinos de fincas urbanas, cuando cada una de ellas estuviera arrendada a una
sola persona o no residiera en la localidad del dueño, administrador o encargado.
Artículo 7. Base de gravamen.
Se entiende por base de gravamen la calificación del hecho imponible como módulo de
imposición a los efectos de fijar la deuda tributaria mediante la aplicación de una tarifa o de una
cantidad fija señalada en cada caso.
Artículo 8.
El régimen de estimación directa o indirecta que sea de aplicación respecto de la determinación
de las bases tributarias se regirá por lo dispuesto en el artículo 51 y 53 de la Ley General
tributaria, estableciéndose en la ordenanza propia de cada exacción los medios y métodos por
determinar la base imponible dentro de los regímenes expresados.
CVE:
BOP-2022-5591
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Martes, 29 de noviembre de 2022
N.º 0228
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