Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2022-5591)
BOP-2022-5591 Aprobación definitiva de la Ordenanza General reguladora de la gestión, recaudación e inspección de los tributos y otros ingresos de derecho público locales.
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procedimiento de apremio.
2. En los fraccionamientos, la falta de pago de un plazo determinará:
a) Si la deuda se hallaba en período voluntario, la exigibilidad en vía de apremio de la
cantidad vencida e intereses devengados, extremo que será notificado al sujeto pasivo,
concediéndole los plazos reglamentarios de pago de las deudas en período ejecutivo.
(Art. 62 de la LGT). Si se incumpliera la obligación de pagar en este término, se
considerarán vencidos los restantes plazos, exigiéndose también en vía de apremio.
b) Si la deuda se hallaba en período ejecutivo, continuará el procedimiento de apremio
para la exacción de la totalidad de la deuda fraccionada pendiente de pago.
3. En los fraccionamientos de pago en que se hayan constituido garantías parciales e
independientes ara una o varias fracciones, se procederá de la siguiente forma:
a) Cuando el fraccionamiento haya sido solicitado en período voluntario, el
incumplimiento del pago de una fracción determinará la exigencia por la vía de apremio
de dicha fracción y sus intereses de demora con el correspondiente recargo.
Se exigirán los intereses de demora devengados a partir del día siguiente al del
vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta la fecha del vencimiento de
pago de la fracción incumplida.
b) Cuando el fraccionamiento haya sido solicitado en período ejecutivo, se producirá el
vencimiento de la totalidad de las fracciones a las que extienda sus efectos la garantía
parcial e independientemente.
En ambos casos, el resto del fraccionamiento subsistirá en los términos en que se concedió.
Si la garantía parcial extendiese sus efectos a fracciones que incluyesen deudas en periodo
ejecutivo de ingreso y a fracciones que incluyesen deudas en periodo voluntario de ingreso en
el momento de solicitarse el fraccionamiento, se deberá continuar el procedimiento de apremio
respecto de las primeras.
Respecto de las segundas deberá iniciarse el procedimiento de apremio y se exigirán los
intereses de demora devengados a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo de
ingreso en periodo voluntario hasta la fecha de vencimiento de pago de la fracción incumplida.
CVE:
BOP-2022-5591
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Martes, 29 de noviembre de 2022
N.º 0228
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