Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2022-5506)
BOP-2022-5506 Derogación definitiva Bolsas de Empleo Municipales.
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contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la
duración prevista. Las circunstancias de la producción pueden ser:
- Incremento ocasional e imprevisible y oscilaciones de actividad normal que generan
desajuste temporal entre el empleo estable y el requerido.
- Situaciones ocasionales, previsibles y que tengan una duración reducida y delimitada.
Es cierto que con la norma se intenta terminar con la temporalidad, según el Gobierno de la
nación y por eso se redefinen los contratos de duración determinada, pero en el caso de
Ayuntamientos como el nuestro supone una grave dificultad a la hora de ofrecer empleo a
nuestros/as vecinos/as, ya que desaparecen de un plumazo los empleos temporales. Con la
reforma en marcha, los Ayuntamientos a través bolsas de empleo sólo pueden realizar
contrataciones para cuestiones muy concretas y que no se ajustan a la realidad de los
Ayuntamientos ni de sus vecinos y vecinas desempleados/as.
En un año un Municipio como Belvís de Monroy hace unas 30 contrataciones de las distintas
Bolsas de Empleo aprobadas, ofreciendo alternativas a familias que pasan por situaciones
difíciles y al mismo tiempo, con estos contratados temporales el Ayuntamiento cubre sus
necesidades de jardineros/as, limpiadores/as, personal de oficios, auxiliares de ayuda a
domicilio, operarios/as de servicios múltiples, oficiales, etc. Con la reforma el Gobierno ha
dejado a los Ayuntamiento en una situación muy difícil ya que no se puede contratar a través
de las Bolsas de Trabajo en vigor y les deja indefensos, sin saber que alternativas hay que
seguir para continuar prestando los servicios que hasta ahora se cubrían con contratos
temporales.
Ante esta situación, el equipo de gobierno y más en concreto esta Alcaldía, hastiado de tantos
reparos de ilegalidad y de no encontrar alternativas para dar trabajo a los/las vecinos/as del
Municipio desempleados/as que lo necesitan, se plantea como primera medida la derogación
de las Bolsas Municipales de Trabajo en vigor, concretamente la de Limpieza Viaria y Servicios
Múltiples, la de Limpieza de Edificios Municipales y la de Ayuda a Domicilio; para
posteriormente poner en marcha las alternativas legales que existen, como puede ser la
utilización del Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo, aprobado por
Decreto de la Junta de Extremadura, 13/2021, de 17 de Marzo, por el que se establecen las
condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de Colaboración Económica
Municipal de Empleo de la Ley 1/2021, de 3 de Febrero, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021; o el resto de Planes de Empleo que son
promovidos anualmente por la propia Comunidad Autónoma o por el Servicio de Empleo
Público Estatal.
CVE:
BOP-2022-5506
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de noviembre de 2022
N.º 0225
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