Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5500)
BOP-2022-5500 Bases Subvención Plan Activa Cultura Deporte 23.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
DOCUMENTOS.
Las entidades beneficiarias presentarán la justificación cumplimentando todos los campos
obligatorios del formulario “Justificación” presente en la sede electrónica.
En este formulario se expondrán las actividades realizadas y fechas de realización y se
adjuntará a continuación Certificación firmada por el Interventor, o Secretario-Interventor, en la
que se hará constar que el objeto de la subvención se ha ejecutado y la subvención concedida
ha sido destinada a los fines para los cuales se otorgó, habiéndose ejecutado finalmente y
dentro del periodo de ejecución, indicando el importe total ejecutado, así como el detalle de los
gastos realizados, obrando los justificantes correspondientes en poder del Ayuntamiento y que
el importe de la subvención concedida, por si sola o en concurrencia con otras subvenciones,
no excede del importe total de la actividad o proyecto subvencionado, según modelo disponible
en la sede electrónica.
Además deberán presentarse:
- Cuenta Justificativa, según modelo normalizado puesto a disposición en Sede
Electrónica.
- Certificación firmada por el Interventor, o Secretario-Interventor, según modelo anexo
incluido en estas bases.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
La justificación de las ayudas concedidas podrá realizarse hasta el 31 de marzo de 2024.
SUBSANACIÓN.
En relación a la justificación, una vez presentada la misma dentro del plazo señalado para ello
en esta BASE, si el órgano gestor considerase, tras las oportunas verificaciones, que existen
errores subsanables en la justificación, se requerirá al interesado para que proceda a
corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. La presentación de la subsanación, se
hará a través de la sede electrónica mediante la aportación de la documentación indicada y
siguiendo las indicaciones pertinentes que la entidad beneficiaria recibirá del órgano gestor. En
caso de no resolver adecuadamente la subsanación, el órgano gestor continuará con la
tramitación según lo dispuesto en la BASE DUODÉCIMA y demás normativa de aplicación.
Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma, la Diputación Provincial
de Cáceres requerirá a la entidad beneficiaria para que la presente en un plazo improrrogable
CVE:
BOP-2022-5500
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de noviembre de 2022
N.º 0225
Pág. 23448
Las entidades beneficiarias presentarán la justificación cumplimentando todos los campos
obligatorios del formulario “Justificación” presente en la sede electrónica.
En este formulario se expondrán las actividades realizadas y fechas de realización y se
adjuntará a continuación Certificación firmada por el Interventor, o Secretario-Interventor, en la
que se hará constar que el objeto de la subvención se ha ejecutado y la subvención concedida
ha sido destinada a los fines para los cuales se otorgó, habiéndose ejecutado finalmente y
dentro del periodo de ejecución, indicando el importe total ejecutado, así como el detalle de los
gastos realizados, obrando los justificantes correspondientes en poder del Ayuntamiento y que
el importe de la subvención concedida, por si sola o en concurrencia con otras subvenciones,
no excede del importe total de la actividad o proyecto subvencionado, según modelo disponible
en la sede electrónica.
Además deberán presentarse:
- Cuenta Justificativa, según modelo normalizado puesto a disposición en Sede
Electrónica.
- Certificación firmada por el Interventor, o Secretario-Interventor, según modelo anexo
incluido en estas bases.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
La justificación de las ayudas concedidas podrá realizarse hasta el 31 de marzo de 2024.
SUBSANACIÓN.
En relación a la justificación, una vez presentada la misma dentro del plazo señalado para ello
en esta BASE, si el órgano gestor considerase, tras las oportunas verificaciones, que existen
errores subsanables en la justificación, se requerirá al interesado para que proceda a
corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. La presentación de la subsanación, se
hará a través de la sede electrónica mediante la aportación de la documentación indicada y
siguiendo las indicaciones pertinentes que la entidad beneficiaria recibirá del órgano gestor. En
caso de no resolver adecuadamente la subsanación, el órgano gestor continuará con la
tramitación según lo dispuesto en la BASE DUODÉCIMA y demás normativa de aplicación.
Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma, la Diputación Provincial
de Cáceres requerirá a la entidad beneficiaria para que la presente en un plazo improrrogable
CVE:
BOP-2022-5500
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de noviembre de 2022
N.º 0225
Pág. 23448