Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2022-5396)
BOP-2022-5396 Bases y Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Oficial de 1ª Centro Especial de Empleo "El Madroño".
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CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
“EL MADROÑO”
Plaza Ramón y Cajal, 1 C.P. 10210. Madroñera (Cáceres)
Tfno: 927 319192 registro@madronera.es
candidato en la situación de inactivo en la bolsa correspondiente. Se
dará como alta disponible a partir del día siguiente al que comunique
de manera fehaciente en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1
de octubre su disponibilidad. Si el candidato no realiza dicha
notificación en el plazo indicado supondrá su exclusión definitiva de la
bolsa.
Con carácter general, serán causas justificadas, las siguientes:
 Causas de enfermedad debidamente acreditadas por un médico de
Asistencia Sanitaria, o situación de baja por incapacidad temporal del
interesado con fecha anterior al momento de la comunicación de la
oferta de trabajo.
 Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta el 1er
grado de
consanguinidad o afinidad acreditada por certificado y libro de familia.
 En caso de maternidad, si la renuncia se produce entre el séptimo mes
de embarazo y la decimosexta semana posterior al parto, decimoctava si
el parto es múltiple.
 Encontrarse en situación de alta laboral independientemente de que la
jornada sea a tiempo completo o parcial.
Estas causas deberán ser justificadas en el plazo máximo de 2 días hábiles
concedido para la aceptación o renuncia al puesto de trabajo. En el caso de no
justificar documentalmente las citadas situaciones en el plazo concedido al
efecto en las Oficinas del Ayuntamiento, el/la aspirante resultará excluido
automáticamente de la bolsa de trabajo.
11.3. Conllevará la exclusión automáticamente de la Bolsa de Trabajo los
siguientes casos:
 Renuncia al puesto de trabajo ofertado, sin acreditar causa justificada.
 Renuncia al puesto de trabajo una vez iniciada la relación contractual.
 No superar el periodo de prueba establecido en el contrato de trabajo.
 Si iniciado un expediente disciplinario al trabajador afectado se
calificara la falta como leve, grave o muy grave.
 Quienes incurran en la falsificación u omisión de los datos aportados
en la solicitud.
 Informe negativo sobre el desempeño de los cometidos profesionales
desarrollados en contrataciones anteriores.
 La falta de presentación injustificada de la documentación requerida
para la realización del contrato, en el plazo establecido.
Cód.
Validación:
5DEPKJAR62EE3G4WMHERM6R7H
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Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-5396
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de noviembre de 2022
N.º 0221
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