Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2022-5396)
BOP-2022-5396 Bases y Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Oficial de 1ª Centro Especial de Empleo "El Madroño".
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CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
“EL MADROÑO”
Plaza Ramón y Cajal, 1 C.P. 10210. Madroñera (Cáceres)
Tfno: 927 319192 registro@madronera.es
móvil facilitado debiendo presentarse en las Oficinas Municipales al objeto de
aceptar o rechazar el puesto de trabajo de manera fehaciente en el plazo de
dos horas.
En el caso de no resultar localizado el interesado o renunciase al puesto de
trabajo ofertado, se ofertará el puesto de trabajo al siguiente aspirante de la
lista siguiendo el mismo procedimiento. En este caso, se mantendrá al
aspirante de la lista no localizado, en el mismo lugar de la bolsa de trabajo, al
deberse a un supuesto de urgencia debidamente motivado. En el caso de
renuncia al puesto de trabajo ofertado conllevará la exclusión automática de la
bolsa de trabajo.
Si no hubiera ninguna bolsa de trabajo vigente, y con carácter excepcional, se
procederá de conformidad con el artículo 48.7 de la Ley 4/2011 de 10 de
marzo, del Empleo Público de Cáceres, que establece: “En los casos en que se
agoten las bolsas correspondientes y razones de urgencia u otras
circunstancias excepcionales impidan constituir una bolsa de trabajo
conforme a los apartados anteriores, las Administraciones Públicas de Cáceres
pueden recurrir al Servicio Público de Empleo de Cáceres para realizar una
preselección de personas aspirantes, las cuales se seleccionaran mediante
concurso público de acuerdo con los criterios que se establezcan
reglamentariamente. El personal seleccionado por este procedimiento no
puede incorporarse a ninguna bolsa de trabajo cuando cese”. En este caso,
será preciso reunir los requisitos de acceso exigidos en la presente
convocatoria.
DÉCIMOPRIMERA.- RENUNCIAS.
11.1. Con carácter general, cuando el interesado no se personase en las
Oficinas Municipales del Ayuntamiento en el plazo establecido de dos
días hábiles para la aceptación o renuncia al puesto de trabajo ofertado
desde la notificación recibida mediante SMS al teléfono móvil facilitado
o al domicilio cuando expresamente se hubiera manifestado este medio
a efectos de comunicaciones o no conste de manera fehaciente en los
términos previstos en la Ley 39/2015 , de 1 de Octubre, conllevará la
exclusión automática del aspirante de la Bolsa de Trabajo, excepto para
el caso previsto de coberturas temporales siguiendo el procedimiento de
urgencia.
12.2. La renuncia a una cobertura temporal por las causas justificadas
que a continuación se expresan conllevará la situación de inactivo,
permaneciendo en el mismo puesto de la bolsa de trabajo durante el
periodo que dure el motivo que haya conllevado la citada situación,
siempre y cuando quede debidamente justificado documentalmente.
Finalizada la causa que da lugar a las situaciones relacionadas, se
deberá comunicar en el plazo máximo de 15 días en el Registro General
de Entrada de documentos, que hasta esa notificación mantendrá al
Cód.
Validación:
5DEPKJAR62EE3G4WMHERM6R7H
|
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-5396
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de noviembre de 2022
N.º 0221
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