Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2022-5371)
BOP-2022-5371 Bases para la constitución de bolsa de empleo de Tecnico/a de Administración General.
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Ayuntamiento de Trujillo
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NOVENA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.-
El procedimiento de selección consistirá en la realización de una prueba selectiva,
que tendrán por objeto conocer la capacidad, aptitud e idoneidad de los aspirantes para
el desarrollo de las funciones propias del puesto al que se aspira.
Dicha prueba consistirá en contestar en el tiempo máximo que señale el Tribunal
de Selección que no podrá exceder de 60 minutos, un cuestionario formado por 50
preguntas con 4 respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas será la correcta,
basado en el contenido del programa de materias que figura en el Anexo III.
El cuestionario que se proponga a los aspirantes contendrá, además, otras 5 preguntas
adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden correlativamente a aquellas preguntas
que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba selectiva.
Las respuestas correctas se calificarán con una puntuación de 0,20 puntos cada una
de ellas. Por cada respuesta errónea se restarán 0,05 puntos. Las preguntas en blanco no
tendrán ninguna valoración.
Esta prueba será calificada de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarla obtener
un mínimo de 5 puntos.
En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la normativa vigente al día
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
DÉCIMA.- DESARROLLO DE LA PRUEBA.-
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán
apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección.
En cualquier momento del desarrollo de la prueba, el Tribunal podrá requerir a los
aspirantes para que acrediten su identidad. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI
o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal
de Selección, o del órgano convocante que alguno de los aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones en las
circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado. El órgano convocante,
de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al interesado.
La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la puntuación obtenida en
la prueba selectiva.
Cód.
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Jueves, 17 de noviembre de 2022
N.º 0220
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