Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2022-5270)
BOP-2022-5270 Convocatoria del proceso selectivo para la constitucion de una Bolsa de Trabajo de Técnico/a de Administración General.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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estar incurso en causa de incapacidad ni de incompatibilidad.
Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no
presentara la documentación o no reuniera los requisitos, no podrá ser nombrado y será
excluido de la bolsa de trabajo, proponiéndose el nombramiento al siguiente de la lista, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia
solicitando tomar parte en la convocatoria.
DECIMOSEGUNDA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Efectuado el nombramiento se procederá a la formalización del contrato en el plazo que se
indique.
Quien sin causa justificada no formalizase el contrato dentro del plazo señalado por esta
Entidad Local, supondrá la ineficiencia de su nombramiento con pérdida del derecho a adquirir
la condición de personal laboral temporal del Ayuntamiento de Trujillo y su baja definitiva de la
bolsa de trabajo, procediéndose por la Alcaldía al nombramiento del siguiente aspirante que
por orden de puntuación le corresponda, previos los trámites procedentes.
DECIMOTERCERA. FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO.
La Bolsa de Trabajo se confeccionará por riguroso orden de puntuación, debiendo reunir a
fecha de la contratación el aspirante seleccionado los requisitos exigidos en esta convocatoria.
Dado el carácter urgente que suelen tener las contrataciones a cubrir y la celeridad con la que
se deben efectuar los llamamientos, éstos se realizarán vía telefónica. A tal efecto, los
interesados deberán facilitar un número de teléfono, preferentemente móvil, y mantenerlo
actualizado durante toda la vigencia de la Bolsa de Trabajo. En casos excepcionales,
debidamente acreditados y apreciados por el Ayuntamiento, se podrán habilitar otros
procedimientos.
El aspirante dispondrá de un máximo de 24 horas para aceptar o renunciar al puesto de trabajo
y en el caso de aceptar, para presentar la documentación acreditativa de que se cumplen con
los requisitos establecidos en la base cuarta de la presente convocatoria.
En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado (24 horas), se entenderá que rechaza la
oferta y será excluido de la Bolsa de Trabajo, procediéndose automáticamente al llamamiento
del siguiente aspirante.
Constituida la bolsa de trabajo, se efectuarán llamamientos siguiendo el orden de las
CVE:
BOP-2022-5270
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
Pág. 22639
Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no
presentara la documentación o no reuniera los requisitos, no podrá ser nombrado y será
excluido de la bolsa de trabajo, proponiéndose el nombramiento al siguiente de la lista, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia
solicitando tomar parte en la convocatoria.
DECIMOSEGUNDA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Efectuado el nombramiento se procederá a la formalización del contrato en el plazo que se
indique.
Quien sin causa justificada no formalizase el contrato dentro del plazo señalado por esta
Entidad Local, supondrá la ineficiencia de su nombramiento con pérdida del derecho a adquirir
la condición de personal laboral temporal del Ayuntamiento de Trujillo y su baja definitiva de la
bolsa de trabajo, procediéndose por la Alcaldía al nombramiento del siguiente aspirante que
por orden de puntuación le corresponda, previos los trámites procedentes.
DECIMOTERCERA. FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO.
La Bolsa de Trabajo se confeccionará por riguroso orden de puntuación, debiendo reunir a
fecha de la contratación el aspirante seleccionado los requisitos exigidos en esta convocatoria.
Dado el carácter urgente que suelen tener las contrataciones a cubrir y la celeridad con la que
se deben efectuar los llamamientos, éstos se realizarán vía telefónica. A tal efecto, los
interesados deberán facilitar un número de teléfono, preferentemente móvil, y mantenerlo
actualizado durante toda la vigencia de la Bolsa de Trabajo. En casos excepcionales,
debidamente acreditados y apreciados por el Ayuntamiento, se podrán habilitar otros
procedimientos.
El aspirante dispondrá de un máximo de 24 horas para aceptar o renunciar al puesto de trabajo
y en el caso de aceptar, para presentar la documentación acreditativa de que se cumplen con
los requisitos establecidos en la base cuarta de la presente convocatoria.
En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado (24 horas), se entenderá que rechaza la
oferta y será excluido de la Bolsa de Trabajo, procediéndose automáticamente al llamamiento
del siguiente aspirante.
Constituida la bolsa de trabajo, se efectuarán llamamientos siguiendo el orden de las
CVE:
BOP-2022-5270
Verificable
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Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
Pág. 22639