Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5132)
BOP-2022-5132 Nueva publicación texto Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
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Excepcionalmente, la norma reguladora de la subvención, podrá establecer la sustitución de la
comprobación material por una justificación documental que constate de forma razonable y suficiente la
realización de la actividad subvencionada.
4. Justificada apropiadamente la subvención, el Jefe del Servicio o Unidad responsable de la gestión del
expediente, en el plazo de cinco meses desde el término del plazo de justificación fijado en la la norma
reguladora de la subvención, emitirá informe de conformidad, con el visto bueno del Director o Jefe de
Área correspondiente, en el que conste la adecuada justificación tanto formal como material de las
obligaciones impuestas al beneficiario/a en el acto de concesión, la realización de la actividad y el
cumplimiento de la finalidad que motivó su concesión.
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CVE:
BOP-2022-5132
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de noviembre de 2022
N.º 0212
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