Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2022-5112)
BOP-2022-5112 Bases generales reguladoras del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
2.2. Los/as aspirantes deberán poseer o estar en condiciones de cumplir los requisitos
de participación establecidos en esta base en la fecha de finalización del plazo de
presentación desolicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.
TERCERA. Información, difusión y publicidad. Instancias de participación.
3.1. Información, difusión y publicidad. Toda la información relativa al proceso de
la convocatoria se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Logrosán,
donde se publicarán las características de la convocatoria, sus plazos y modelos de
documentos que deberán utilizarse, así como listas provisionales y definitivas que se
produzcan en el desarrollo de la convocatoria, lugares de celebración de los ejercicios,
resultados de los mismos y actos que se deriven de los distintos momentos
administrativos.
En aquellas convocatorias en las que se facilite la presentación de instancias a través de
procedimiento electrónico, se habilitará desde la sede electrónica de esta una forma de
registro de las solicitudes y la documentación relativa a la misma, mediante
identificación por alguno de los métodos legalmente establecidos y definidos en la
propia sede.
Además, se publicarán las convocatorias en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres(BOP) así como aquellos actos que procedan de conformidad con la normativa
reguladora. En el Tablón Electrónico de Anuncios se publicará toda la información
relativa a la convocatoria que se haya publicado en el BOP.
3.2. Instancias.
En cada convocatoria se determinará la forma de presentación de las instancias de
participación en los procesos selectivos, la aportación de la documentación, tanto la
relativa a los requisitos exigidos como la correspondiente a los méritos en el plazo
máximo de 10 días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial
correspondiente.
El Tribunal Calificador pueden requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad
de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
Se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de dichos
requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al/a interesado/a. El órgano
convocante resolveráde forma motivada lo que proceda.
Cód.
Validación:
6RCK7APNQTHN997E7NKF5RE7S
|
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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6
de
24
CVE:
BOP-2022-5112
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de noviembre de 2022
N.º 0211
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