Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2022-5112)
BOP-2022-5112 Bases generales reguladoras del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
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nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada convocatoria determinará la
sede del Tribunal.
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
6.1. La actuación de los/as aspirantes en la defensa y/o lectura de la memoria se iniciará
por orden alfabético de apellidos, a partir de la letra determinada de conformidad con
el último sorteo efectuado por la Junta de Extremadura en 2022 al que se aludirá en la
convocatoria y que figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución
aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as.
Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco días hábiles de
dicho comienzo, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón Electrónico de
Anuncios.
Para los/as aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la
solicitud de su condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán
las adaptaciones de tiempo y medios necesarias para la defensa de la memoria debiendo
adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación
del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s
permanente/s que ha/n dado origen al grado de minusvalía reconocido. Respecto de
la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador resolver la
procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en función de las
circunstancias específicas del ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de
18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo
público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la
integración de los/as empleados/as públicos/as con discapacidad y la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio. No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su
caso, colaboración de los órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Además podrán
solicitar del/a interesado/a información adicional respecto de la adaptación solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para la defensa de la memoria con una
antelación de cinco días hábiles de dicho comienzo mediante anuncio publicado en el
Boletín Oficial de la Provincia en el Tablón Electrónico de Anuncios.
Cód.
Validación:
6RCK7APNQTHN997E7NKF5RE7S
|
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2022-5112
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de noviembre de 2022
N.º 0211
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