Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Coria. (BOP-2022-5073)
BOP-2022-5073 Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora de la Seguridad y la Convivencia Ciudadana.
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CAPÍTULO II. RESIDUOS
ARTÍCULO 24. Concepto de Residuos.
Se definen como desechos y residuos sólidos urbanos los siguientes:
— Residuos sólidos que constituyan basuras domiciliaria o se generen por las
actividades comerciales o de servicios, así como los procedentes de la limpieza viaria o
de los parques y jardines.
— Vehículos y enseres domésticos, maquinaria y equipo industrial abandonado.
— Escombros y restos de obras.
— Residuos de biológicos y sanitarios, incluyendo los animales muertos, y los residuos o
enseres procedentes de actividades sanitarias, de investigación o fabricación, que
tengan una composición biológica y deban someterse a tratamiento específico.
— Residuos industriales, incluyendo lodos y fangos.
— Residuos de actividades agrícolas, entre los que se incluyen expresamente sustratos
utilizados para cultivos forzados y los plásticos y demás materiales utilizados para la
protección de tales cultivos contra la intemperie.
ARTÍCULO 25. Regulación de los Residuos.
Se prohíben la realización de actuaciones tales como:
— Depositar basura, fuera de los contenedores adecuados, sitos en la vía pública,
dificultando el tránsito o causando trastorno a los/as ciudadanos/as.
— Depositar basura en los contenedores habilitados para ello, antes de las 20 horas por
los olores que de los mismos se desprende.
— Depositar mobiliario en los contenedores, ya que para estos residuos el Ayuntamiento
tiene habilitado un servicio independiente, donde los particulares podrán depositar todos
los residuos que no puedan eliminarse en los contenedores generales.
— Arrojar o depositar desperdicios, embalajes, y, en general, cualquier tipo de residuos,
en las vías públicas, en sus accesos y en los solares o fincas valladas o sin vallar,
debiendo utilizarse siempre los elementos de limpieza viaria (contenedores, papeleras,
etc.) específicamente destinados a tal fin.
CVE:
BOP-2022-5073
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de noviembre de 2022
N.º 0210
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