Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Coria. (BOP-2022-5073)
BOP-2022-5073 Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora de la Seguridad y la Convivencia Ciudadana.
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Se establecen las siguientes modalidades de venta no sedentaria:
— Venta no sedentaria en mercados periódicos: aquella que se autorice en lugares
establecidos, con una periodicidad habitual y determinada.
— Venta no sedentaria en mercados ocasionales: aquella que se autorice en mercados
esporádicos que se hagan con motivo de fiestas o acontecimientos populares.
ARTÍCULO 16. Uso Privativo de la Vía Pública.
La ocupación de la vía pública en régimen de uso privativo podrá ser autorizada bien por
licencia, bien por concesión administrativa. Se autorizará por licencia cuando no comporte la
transformación o la modificación del dominio público, y por concesión administrativa cuando
comporte dicha transformación o modificación.
Podrá autorizarse la ocupación de la vía pública con carácter de uso privativo para la
instalación de:
— Quioscos permanentes o temporales.
— Aparatos estáticos anunciadores y publicitarios iluminados.
— Carteles publicitarios.
— Relojes-termómetros iluminados.
— Otras instalaciones u objetos que en cada momento determine el Ayuntamiento.
CAPÍTULO II. PROTECCIÓN DE ESPACIOS VERDES Y PAISAJE URBANO
ARTÍCULO 17. Disposiciones Generales.
Es objeto de regulación en el presente título la defensa y protección de los espacios vegetales
y las plantaciones efectuadas sobre estos espacios y su entorno, tanto si son de titularidad
pública como privada, y con independencia de que la propiedad sea municipal, provincial o de
otras administraciones, siempre que estén en el término municipal de Guijo de Coria y
reconocidas como zona verde o estén afectadas por planeamiento urbanístico.
CVE:
BOP-2022-5073
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de noviembre de 2022
N.º 0210
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